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LEY 17569 APROBADA EL 22 DE
OCTUBRE DE 2002
¿La
ley del delito de usura, o la ley que la legaliza?
El Sr. Salomón
Lakierovich preside la recientemente creada Asociación
Nacional de Acreedores Privados (ANAP), y es lógico
que defienda sus derechos, aún a riesgo de caer en
un corporativismo como tantos otros que hay en el país.
La ANAP tiene derecho a hacerse oír, pero el problema
no se agota ahí, ni todos los acreedores son buenos,
ni todos los deudores son malos.
En la edición
del 27 de junio pasado se incluyó en la Revista Caras
y Caretas una entrevista al flamante presidente de la Asociación
Nacional de Acreedores Privados (ANAP), Sr. Salomón
Lakierovich, y es a propósito de sus declaraciones
que queremos hacer algunas puntualizaciones.
DERECHO
A ASOCIARSE Y UTILIDAD DE LOS PRÉSTAMOS
En principio debe quedar muy en claro que todos los ciudadanos
de este país, tenemos el derecho constitucional de
asociarnos, con lo cual está fuera de discusión
la legitimidad de los acreedores privados a reunirse en una
asociación.
El problema no está en las asociaciones bien entendidas,
sino en las corporaciones, o en los corporativismos, donde
se dice "solo nosotros somos los buenos, los demás
(los que no están con nosotros) son todos malos".
Esa frase resume lo que en mi concepto es el corporativismo
perverso, donde equivocadamente se traza una línea
divisoria, de un lado los buenos, y del otro los malos, como
si hubiera un sector de la sociedad que está libre
de culpas como para tirar la primera piedra, ni muy muy, ni
tan tan.
De las palabras del presidente de la ANAP se infiere que esta
asociación está al borde de entrar (si ya no
lo está) en una actitud corporativista, que separa
a los buenos de los malos, o al menos esa sensación
queda luego de leer la siguiente frase del Sr. Lakierovich:
"Hay dos tipos de prestamistas, los documentados y los
indocumentados, los que utilizan la vía de la prenda
o hipoteca (Nos preguntamos: ¿los buenos?), y todos
los demás (¿los malos?), los del casino, los
que descuentan cheques, los que prestan contra depósito
de títulos inmobiliarios sin inscripción en
el registro".
También, nobleza obliga a reconocer, que los préstamos
son un instrumento útil, máxime en una economía
como la nuestra, donde el sistema bancario se ha visto muy
comprometido en los últimos meses. No es nuestro interés
descalificar el préstamo (ni a los prestamistas) como
instrumento financiero, son necesarios (en eso estamos de
acuerdo con el Sr. Lakierovich), pero esa utilidad que ostenta
no puede llevar a corporativismos, ni a decir que todos los
préstamos están siendo instrumentados de la
mejor manera, todos sabemos que "hecha la ley, hecha
la trampa", además, por lo general, el imaginario
colectivo es mucho más veloz que el Poder Legislativo.
Si bien está mal decir que todos los préstamos
son ilegales (principalmente por las tasas de interés,
configurando el delito de usura), también está
mal (y es señal de corporativismo, o al menos de exageración)
afirmar que "En los negocios de prenda o hipoteca no
existe la usura", todos los absolutismos son malos, y
las generalizaciones también.
Hay una corta frase que nos lleva a pensar que los buenos
prestamistas están de un lado de la línea, y
los malos del otro, al decir: "En la ANAP no existe la
usura". Tal vez es así, pero difícil de
asimilar en un país caracterizado por la "viveza
criolla", y significa un desafío muy grande que
asume el presidente de la ANAP al hacer una afirmación
de este tipo, ya que supone un conocimiento casi personal
con cada uno de los socios para afirmar esto categóricamente,
y dar fe de su buen y legítimo accionar.
LA DIFERENCIA
ENTRE LO FORMAL Y LO INFORMAL
"La usura campea en el sector informal", afirmó
el Sr. Lakierovich, otra demostración que separa tajantemente
a los buenos y a los malos.
Ahora, nos preguntamos dónde está el límite
entre lo formal y lo informal en el sector créditos
particulares. No se puede decir que los formales son sólo
los que constituyen garantías reales, prendas e hipotecas,
y todos los demás son informales, y hasta usureros.
No se puede afirmar que todos los que prestan dinero documentando
la obligación en un vale, o reteniendo los títulos
de propiedad como garantía, son malos, y mucho menos
usureros; en todo caso el hecho de no constituir prenda ni
hipoteca resulta una práctica más económica
para el deudor, y el más perjudicado es el acreedor
que no tendrá garantías reales.
No hay dudas que en la prenda y la hipoteca es más
difícil que haya usura, pero no imposible. Claro, nadie
va a ser tan ingenuo (o nabo, como dice Lakierovich) de establecer
en un contrato de hipoteca o de prenda un interés que
configure usura, siendo que ese documento -como bien lo dice
el presidente de ANAP- cuenta con intervención notarial,
y ningún profesional con dos dedos de frente se arriesgaría
a establecer allí un interés de usura. Además
el documento queda registrado, lo cual le da publicidad, y
configura una prueba casi absoluta de cuál es el interés
cobrado. Pero la realidad nos dice que en muchos casos se
documentan "intereses extra" en un vale, o en un
conforme, que no requiere intervención notarial, ni
se registra. Si sumamos los intereses que figuran en el contrato
de prenda o hipoteca al monto que figura en el vale sin dudas
podríamos estar frente a un interés de usura,
claro ¿quién podrá probarlo? siendo que
el vale o conforme, legalmente constituye una obligación
independiente según lo establece la ley 14701 de títulos
valores. Que quede claro que no se pueda probar judicialmente,
no quiere decir, de ninguna manera, que no exista la usura.
Reiteramos, no es en todos los casos, tal vez en los menos,
pero que es posible, y de hecho ha pasado, no hay dudas.
NO ES UN
PROBLEMA DE IGNORANCIA
Según el presidente de la ANAP "un tipo que tiene
una propiedad de 100 mil dólares no puede ser ignorante",
como queriendo decir no "es fácil engañarlo,
porque no es ignorante, sabe lo mismo que sabemos nosotros
los prestamistas". Es muy posible que sea así,
pero la cuestión es que no estamos ante un problema
de ignorancia, estamos ante una situación donde el
deudor firma lo que le propone el acreedor (aunque sea totalmente
legal), y no tiene margen de maniobra, porque sencillamente
estos préstamos particulares (en la inmensa mayoría
de los casos) configuran lo que en la jerga jurídica
se conoce como "contratos de adhesión", donde
una de las partes pone las condiciones y la contraparte firma
o no, pero no tiene opciones de cambio, no estamos frente
a contratos donde hay oferta, y contraoferta, hay sólo
oferta (por parte del futuro acreedor) y aceptación
o rechazo (por parte del futuro deudor).
Es cierto que el deudor se puede asesorar con su escribano,
y que posiblemente no sea un nabo como dice el Sr. Lakierocih,
pero no pasa por tener el mejor escribano, o por ser un nabo
o un vivo, pasa porque ese deudor, que recurre a contratar
un crédito a un acreedor privado, ya no tiene opción,
si el interés es alto, o el plazo corto, no le queda
otra, si quiere el dinero tiene que firmar sí o sí.
Lo reconoce el propio Lakierovich al decir "El que va
a hipotecar una casa es porque precisa plata, tiene dos caminos:
o "revienta" (vende muy barata) la casa y agarra
lo que le den, o va a pedir una hipoteca de 15 o 20 mil dólares,
la paga en un año o dos y se acabó la historia".
Es claro, no estamos frente a un contrato donde las dos partes
están en situación de igualdad para negociar,
ya que uno (el acreedor) sabe que si no le presta a ese, mañana
le prestará a otro, o en el peor de los casos tiene
el dinero en el banco y algo está ganando por esa colocación,
mientras que el otro (el deudor) ya llega sin aire, sin opciones,
o hipoteca o "revienta" la casa; aunque no sea un
nabo está en un laberinto sin salida.
"Hoy día está demostrado que lo bueno es
la libre (¿?) contratación", dijo el presidente
de la ANAP, ¿De qué libre contratación
se está hablando, si tenemos en cuenta las diferencias
entre las dos partes contratantes, y sin dudas estamos frente
a un contrato de adhesión?.
¿EL
DELITO DE USURA O LA LEGALIZACIÓN DE LA USURA?
El presidente de la flamante asociación dice que muchos
proyectos de ley (que él considera demagógicos)
que hoy tratan de contemplar la situación de miles
de deudores en dólares lo hacen recordar las viejas
leyes de arrendamiento, que (según él) sólo
defendían a los inquilinos.
Con el mismo criterio, pero mirando el tema desde otra óptica,
tenemos derecho a pensar que la ley 17569 al establecer que
el delito de usura se configura cuando la tasa de interés
"supera en un 75% las tasas medias del trimestre anterior
a la fecha de constituir la obligación, del mercado
de operaciones corrientes de préstamos bancarios otorgados
a las familias; y en caso de haber intereses moratorios, superaren
en un porcentaje mayor al 100% las referidas tasas medias".
Está bien, las leyes de arrendamientos defendieron
sólo a los inquilinos, pero no hay dudas que la ley
de usura defiende sólo a los acreedores, entonces deberíamos
pensar que también es una ley demagógica.
En un país donde las tasas de interés en el
sector bancario son muy altas, pensar que recién las
tasas de interés constituyen usura cuando superan en
un 75% al interés medio cobrado por el sistema bancario
en el trimestre anterior es un disparate. El Parlamente festejó
la aprobación de esta ley por unanimidad, pero de ahí
a que ella sea buena para los deudores hay un abismo.
Basta con que el interés cobrado esté un punto
por debajo de ese límite para admitir que no hay usura,
pero de justo no tiene nada. Quien presta dinero tiene que
ganar, pero en el mejor de los casos, y sin pensar que cometan
el delito de usura, cuando la gente dice "usureros"
no lo dice pensando en el delito, sino en un interés
que es casi impagable, y lo que es peor, permitido por la
ley.
Entonces convengamos en que los inquilinos tiene una ley muy
favorable para su intereses, pero también la tienen
los acreedores, o los prestamistas, o como quieran llamarles,
y es la ley que establece el delito de usura, que más
que establecer un delito legaliza una práctica que
le ha acarreado grandes ganancias a algunos, en desmedro de
muchos.
Esc. Fernando Vélez Molina
(e mail: escvelez@internet.com.uy)
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