CON LA VARA QUE MIDAS SERÁS MEDIDO
LIBERTADES Y DERECHOS
Tema este que ha motivado tomos eruditos, cargados de conceptos
y terorías, sus explicaciones y sus ejemplos. Tema hoy, como siempre,
en primera fila de los acontecimientos locales, nacionales o internacionales.
Tema que parece no se ha estudiado lo suficiente en las últimas décadas en nuestras instituciones educativas,
a juzgar por el uso (¡o abuso!) de esas palabras especialmente
por la gente joven.
Comencemos por definir las palabras, y para ello acudamos
a la autoridad máxima de nuestro idioma: el Diccionario de la
Real Academia Española. O DRAE, como le llaman con familiaridad
los usuarios frecuentes…
Y dice:
“LIBERTAD. Del latín,
libertas, (de donde salió, obviamente, la palabra inglesa
liberty)
1. Facultad
natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra,
y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos.
2.
Estado o condición de quien no es esclavo.
3.
Estado de quien no está preso.
4.
Falta de sujeción y subordinación.
A los jóvenes los pierde la libertad.
5.
Facultad que se disfruta en las naciones bien gobernadas
de hacer y decir cuanto no se oponga a las leyes ni a las buenas
costumbres.
6.
Prerrogativa, privilegio, licencia.
7.. Condición de
las personas no obligadas por su estado al cumplimiento de ciertos
deberes…”
Detengámonos un poco en la acepción 1, leámosla,
y recordemos la última frase: “…por lo que (el hombre) es responsable
de sus actos”
Veamos después la acepción 5, y recordemos
especialmente la frase “…hacer y decir cuanto no se oponga a las
leyes ni a las buenas costumbres”.
De ambos significados, más bien complementarios, es fácil
deducir que alguien, algo, ha establecido esas leyes. “Alguien”:
el ciudadano (en el sentido de persona natural del país). “Algo”:
un grupo de ciudadanos que han sido seleccionados por la mayoría
para preparar esas leyes. Ese cuerpo legislativo partió quizá
de la propia Constitución nacional, y fué complementando los conceptos
allí establecidos, con normas, leyes, para el cumplimiento de
los mismos. Y de aquí llegamos a que la libertad es una prorrogativa
del individuo, del ser humano, que le permite comportarse de una
determinada manera frente a los otros individuos, manera ésta,
que ha sido previamente establecida precisamente por los individuos
de ese grupo social. En otras palabras: cumplir las leyes que
nosotros mismos no hemos impuesto. Podemos hacer todo lo que no
esté prohibido por la ley, la cual ha sido nuestra propia y conciente
creación, como modo de asegurarnos convivencia.
Y no existen diferencias entre los miembros
de esa sociedad que limiten a unos al cumplimiento de la ley pero
que permita a otros quebrantarla. Le llamamos a ese concepto,
igualdad ante la ley.
Estudiemos la otra palabra: derecho. Y otra
vez, el DRAE nos auxilia:
“DERECHO. Del latín directus, directo.
(Y entre las acepciones encontramos:)
Otra vez analicemos, al menos algunos de
estos significados, especialmente el #2: “Facultad de hacer o
exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro
favor…” Y en el #6: “Conjunto de principio y normas…que regulan
las relaciones humanas en toda sociedad…”
Vemos ahora que “libertad” y “derecho” están
íntimamente vinculadas: no puede existir el uno sin el otro. La
libertad está limitada
por el derecho: tenemos libertad de elegir a aquellos ciudadanos
que prepararán las leyes pero no tenemos libertar de quebrantar
estas leyes. De hacerlo, estaremos violando el derecho de otros
miembros de nuestra misma sociedad, quienes tienen la facultad
de “exigir” el cumplimiento de todo lo establecido en favor de
nosotros mismos, que por cierto los incluye a ellos, miembros
de nuestra sociedad. En caso de insatisfacción con alguna o algunas
leyes, pues tenemos libertad de organizarnos en grupo para pedir,
¡nó exigir! la reconsideración de las mismas en una manera precisamente
contemplada por ese cuerpo de leyes.
Y así como el derecho limitaba la libertad, ésta a su vez,
limita al derecho. Una persona o un grupo, pueden tener derecho
a cierto comportamiento, (reunirse para una manifestación de apoyo
o protesta, por ejemplo) siempre que el ejercer ese derecho no
usurpe la libertad de otros, como la de nó participar en esa marcha
precisamente. Aquel grupo no tiene derecho a efectuar la reunión
o manifestación en un lugar cuyas reglamentaciones requieren permisos
previos ya que el grupo usuario mayoritario está ejerciendo su
libertad previamente amparada por la ley, la reglamentación mencionada,
de reunirse regularmente precisamente en ese sitio. El derecho
de aquellos, no puede interponerse a la libertad de éstos. Así
de sencillo.
Cualquier esfuerzo para resquebrajar estas reglas de oro,
necesitará imprescindiblemente llegar a la modificación de esas
leyes, trayendo como consecuencia la imposición de igualdad mediante
la ley, como dice el catedrático de la Universidad Complutense
de Madrid, el Sr. Carlos Rodríguez Braun. Quien menciona las
corrientes de pensamiento, filosóficas y sociales, que por los
últimos dos siglos han preconizado la instalación de una sociedad
cerrada, que imponga la fuerza pública (¿el derecho?) sacrificando
la libertad, para entonces llegar supuestamente a la igualdad
social…Mediante la ley, nó ante ella…
Lo dicho, un tema rebosante de posibilidades
de discusión…
Abayubá Alencastro
- U.S.A.