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La
Justicia Española falla a favor de emigrantes
uruguayos
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por
Graciela Vera
Periodista independiente
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El
Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 2 de Alicante
(Comunidad Valenciana) falló a favor de tres emigrantes
uruguayos que demandaron al Estado Español por
la denegación de sus permisos de trabajo y residencia,
basando su reclamo en el Tratado de Amistad y Cooperación
del año 1870.
En
España hay más de 20 mil uruguayos residiendo
en forma ilegal.
Al menos esa cifra se deduce de los datos oficiales ofrecidos
por el Ministerio del Interior español para el
año 2002.
Tan
sólo el año pasado 22.038 uruguayos llegaron
a España como turistas, de los cuales apenas el
6,4 por ciento tomó el avión de regreso.
Durante el 2003 el arribo de compatriotas ha sido continuo
e increscenso lo cual nos hace pensar que las cifras reales
están en la actualidad muy por encima de los números
manejados.
Muchos
de estos compatriotas viven en la ilegalidad e incluso
en situaciones de precariedad económica de la que
les resulta difícil salir ya que al no conseguir
documentación que les permita residir y trabajar
legalmente, se encuentran conque las ofertas laborales
no llegan a ellos y que, cuando alguien les contrata es
en condiciones de inferioridad, con sueldos bajos y, siempre
con el temor de ser descubiertos y deportados.
Sin
ninguna diferenciación de trato, los uruguayos
pasan a integrar una lista común en cuanto a derechos
para obtener los permisos de residencia y trabajo, la
que comparte con emigrantes de países africanos,
Europa del este y América.
Pedir
un trato especial no discrimina a nadie ni nos ubica en
un peldaño de superioridad con los demás
colectivos de emigrantes, simplemente se está exigiendo
que se cumplan por parte del Reino de España los
Tratados firmados por representantes legítimos
de ambos Gobiernos, en 1870 y 1992 respectivamente y,
plenamente vigentes, según se deduce de la Sesión
del Senado uruguayo del 22 de septiembre pasado; de las
sentencias del Tribunal Supremo de España (1997),
varios dictámenes de ilustres jurisconsultos y
del reciente fallo de la justicia de Alicante a favor
de tres emigrantes uruguayos que reclamaban permisos de
residencia y trabajo, basándose en el convenios
del siglo XIX.
FALLO
QUE ABRE PUERTAS
El
fallo de la jueza Teresa Serra a favor de las demandas
presentadas por tres uruguayos, dos de ellos: Damián
Drews y Angélica Rodríguez, ante el Juzgado
Contencioso-Administrativo Número 2 de Alicante
y contra el Estado Español que les había
negado los permisos para residir y trabajar legalmente
en España, abre las puertas a miles de ciudadanos
en las mismas condiciones.
La
sentencia establece específicamente que todos los
uruguayos que presenten una oferta de trabajo podrán
pedir la legalización de su situación en
España.
No
obstante que la Ley de Extranjería vigente dice
que las ofertas laborales a presentarse para la obtención
de los permisos deben ser avaladas en los Consulados de
los países de origen de los emigrantes, el cumplimiento
por parte del Estado español de los dos convenios:
el de 1992 que no deroga y sí reafirma al de 1870
y que reconocen los derechos de uruguayos y españoles
de residir y emigrar de uno a otro país, deja fuera
de este requisito a los ciudadanos uruguayos y nos obliga
a recordar la letra de los artículos 8vo y 9no
que establecen textualmente:
8º
Los súbditos Españoles en la República
Oriental del Uruguay, y los ciudadanos de la República
en España podrán ejercer libremente sus
oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor
y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles
e inmuebles, extraer del país sus valores íntegramente,
disponer de ellos en vida o por muerte y suceder en los
mismos por testamento o ab instestato, todo con arreglo
a las leyes del País, en los mismos términos
y bajo iguales condiciones y adeudos que usan o usaren
los de la Nación más favorecida
No
podrán por consiguiente sufrir respectivamente
ningún embargo, ni ser retenidos en sus buques,
tripulaciones, carruajes y objetos de comercio, de cualquiera
clase para ninguna expedición, ni para servicio
público de ninguna especie sin conceder a los interesados
una indemnización previamente convenida.
9':
Los súbditos españoles no estarán
sujetos en la República Oriental del Uruguay, ni
los ciudadanos de esta República en España,
al servicio del Ejército, Armada o Milicia Nacional.
Estarán igualmente exentos de toda carga o contribución
extraordinaria o préstamo forzoso; y en los impuestos
ordinarios que satisfagan por razón de su industria,
comercio o propiedades, serán tratados como los
súbditos o ciudadanos de la Nación más
favorecida.
¿DISTINTAS INTERPRETACIONES?
Mientras
el Gobierno español, cumpliendo prerrogativas impuestas
por la Unión Europea en cuanto a la restricción
del ingreso de extranjeros, desconoce la vigencia de los
Tratados expuestos anteriormente, el ex Canciller uruguayo
y catedrático de Derecho Constitucional, Derecho
Internacional y Derechos Humanos de la Universidad de
la República, Héctor Gros Espiell es categórico
al afirmar que "el Tratado de Reconocimiento de la
Independencia firmado y ratificado por ambos países
en 1870, establece que los ciudadanos de ambos pueblos
pueden trabajar y desarrollar actividades lucrativas libremente,
tanto en Uruguay como en España".
Gros
Espiell conviene en que el Tratado de 1992, que España
pretende utilizar como revocante del anterior, en ninguno
de sus artículos lo hace.
La
justicia española está dando razón
a esta tesitura ratificando con sus fallos la total vigencia
del primer tratado.
Al
día de hoy los uruguayos pueden optar por esta
puerta para legalizar su situación en España.
No dudamos que habrá una avalancha de demandas
judiciales, no solo de compatriotas sino también
de ciudadanos de otros países de América,
no obstante que los tratados firmados por España
favorecen sólo a uruguayos, chilenos y peruanos.
Sin
embargo queda por ganar otra batalla. La de que, en cumplimiento
con la letra de los Tratados y en reciprocidad con la
forma en que Uruguay ha recibido históricamente
a los emigrantes españoles, deje de ser necesaria
la intervención de la justicia y la Administración
reciba y tramite como sería de orden, las solicitudes
de uruguayos basando el criterio de rechazo solamente
en la conducta del solicitante.
UE
POR UN MILLON Y MEDIO DE INMIGRANTES AL AÑO
Mientras
470 mil latinoamericanos que el año pasado llegaron
a España decidiendo quedarse en forma ilegal al
no regresar a sus países de origen una vez vencido
el periodo de tres meses de estadía como turistas,
no consiguen que el gobierno español regularice
su situación, el ministro del Interior de Bélgica,
Patrick Dewael señala que la Unión Europea
necesita la entrada de millones de inmigrantes para que
su actual sistema de Seguridad Social continúe
siendo redituable.
Dewael
lanzó el alerta y advirtió que el actual
envejecimiento de la población de la UE disparará
en 50 años las cotizaciones para mantener los sistemas
de seguridad social y pensiones si no se recurre a las
aportaciones de un número importante de inmigrantes.
Tan
importante que el ministro belga consideró que
para que en el año 2050 se pueda mantener aún,
el actual equilibrio entre trabajadores y pensionistas,
Europa debería comenzar ya, a acoger unos 13 millones
y medio de inmigrantes por año ya que, según
sus previsiones "si las tasas de nacimiento e inmigración
se mantienen en el nivel actual, la población en
Europa perderá 40 millones de habitantes en 50
años", pasando de 376 a 336 millones de habitantes".
Para
ese año, 2050, de seguir el ritmo actual de crecimiento,
los mayores de 60 años representarán el
30 por ciento de la población de la UE. El promedio
actual es de 35 pensionistas por cada 100 trabajadores.
Ante
estas perspectivas Dewael ha propuesto que a nivel europeo
se desarrolle un plan de acción que tienda a establecer
una inmigración controlada.
No sabemos lo que representa para Dewael "inmigración
controlada" ni si la UE será capaz de crear
más de un millón de puestos de trabajo/año
durante los próximos 50 años. No obstante
llama la atención la disparidad de criterios entre
una UE que cierra sus fronteras y rechaza la llegada masiva
de inmigrantes y las recomendaciones del Fondo Nacional
de Naciones Unidas para la Población (UNFPA) que
fijó en 1,6 millones la necesidad de población
inmigrante anual que necesitaría la Unión
Europea en la primera mitad de este siglo.
Almería
(el sur del norte) 11 de diciembre 2003