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Año VII Nro. 313 - Uruguay, 21 de noviembre del 2008   
 

 
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Fuente de recursos recorte de libertades
por Dr. Marcelo Gioscia Civitate

 
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         Un proyecto de ley impulsado por el Diputado Cr. Alfredo Asti del partido de gobierno, y aprobado en Comisión, busca evitar “escapes” de los ciudadanos, quienes no podrán dar en el futuro como “domicilio” el de sus casas de veraneo, para obtener algún alivio a la pesada carga impositiva en que se ha transformado el tributo de patentes que habilita a circular.

         De aprobarse esta iniciativa, cada ciudadano tendrá obligatoriamente, que empadronar su vehículo en el Departamento donde se domicilie habitualmente.

         El problema radica en determinar qué se entiende por domicilio.

         Al parecer el Cr. Alfredo Asti (calificado vocero del gobierno progresista en las etapas previas a la aprobación del IRPF) tiene la solución y cuenta además con los votos suficientes del oficialismo para transformar su personal criterio, en Ley Nacional.

         ¿Qué pretende a la postre el Sr. Legislador? ¿Qué peligro encierra su iniciativa?

         El restrictivo proyecto recorta libertades, pues desconoce por vía legislativa, los criterios sustentados hasta el presente, de considerar “domicilio” no sólo “donde se habita con ánimo de permanecer”, sino también el lugar donde se asientan los negocios, el lugar de descanso, el domicilio fiscal que se declara ante la DGI. Pero, lo que es aún peor, ingresa en un terreno reservado a los Gobiernos Departamentales y de aprobarse, una suerte de catarata de acciones de inconstitucionalidad, inundará las oficinas de la Suprema Corte de Justicia, con el consiguiente gasto de recursos, además de las molestias propias que estas tramitaciones traen consigo.

         Tal vez sea bueno recordar que, desde la Constitución de 1918, se estableció la autonomía tributaria de los gobiernos departamentales y una de sus “fuentes de recursos” es el tributo que año a año, se percibe por concepto de patente, que en algunos departamentos, resulta de vital importancia a la hora de cubrir los presupuestos.

         Debieran ser entonces los Gobiernos Departamentales, a través de los órganos constitucionalmente previstos para este tipo de materias (entre ellos, el Congreso de Intendentes), los que regularan -de una buena vez- los aspectos relacionados con una fuente de recursos que les es propia y se pusieran finalmente de acuerdo, para no enfrentarse año a año, en las tan publicitadas “guerras de patentes”, que demuestran en suma, su propia incapacidad e inoperancia.

         Los ciudadanos, en el legítimo goce de nuestros derechos y en especial en este caso, el derecho fundamental a la libertad, siguiendo el principio que establece que “nadie puede actuar contra interés que le es propio”, intentaremos empadronar nuestros vehículos donde más convenga a nuestros intereses. Y aquí, no hay ideología que valga, pues a la hora de pagar, cada quien mirará su propio presupuesto y como es lógico, intentará abonar lo mínimo, cuando las diferencias de “aforos” entre uno y otro gobierno municipal ameritan la “fuga”.

         Pues, a la presión tributaria que se ha vuelto cada vez más asfixiante, se sumaría esta “solución legislativa” que va contra la libertad de las personas y no debiera aprobarse.

         Se atenta contra los intereses privados de quienes contribuimos al desarrollo de la nación en su conjunto, y de quienes tributamos en cada uno de los lugares donde podemos tener propiedades, además de tributar a Rentas Generales al consumir o simplemente al cobrar por nuestro trabajo, o cobrar nuestras pasividades o pensiones por invalidez. Busca de un plumazo resolver en la materia, cuestiones que no le competen, dejando atrás principios que tienen relación con nuestros patrimonios y también, tienen que ver con la calidad de vida de quienes habitamos este país. Atenta, nada menos que contra nuestros proyectos de vida, y se inmiscuye en ellos, lo que resulta al fin, inaceptable.

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