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Desechos Radioactivos
* Dra. Diva E. Puig
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Los desechos pueden presentarse bajo forma gaseosa, líquida, o sólida.
Su actividad puede variar desde altos niveles – generación de energía nucleoeléctrica y actividades relacionadas con el ciclo de combustible nuclear - hasta bajos niveles: de hospitales y universidades.
La gestión de desecho radiactivo va desde que el desecho es producido, es tratado y acondicionado y almacenado hasta su disposición.
Los principales problemas radican en que pueden continuar constituyendo una amenaza para el ser humano y el medio ambiente durante períodos muy prolongados de años y por ello necesitan ser almacenados en forma segura.
Fines de la Disposición de Desechos
Son asegurar que los mismos estén depositados de una manera que proteja la salud y el medio ambiente, más allá de límites nacionales y minimice cualquier peligro para futuras generaciones teniendo en cuenta factores sociales y económicos.
Establecimiento de Una Estructura Legal sobre Desechos Radiactivos
Debe haber una clara asignación de responsabilidad a todas las partes, protección a la salud humana y al medio ambiente, no debe haber amenazas para la continuación de las especies. Debe haber interdependencia entre generación de desechos y gestión de los mismos. Seguridad de las instalaciones, control de la generación de desechos radiactivos. (Dentro del mínimo practicable).
Se pueden requerir monitoreos para determinar qué efectos están ocurriendo y asegurar que la estabilidad a largo plazo del ecosistema no sea perturbada
Los países adoptan los conceptos del sistema de dosis de la International Comission on Radiological Protection (ICRP):
Ø Principio de la justificación: Una práctica que conlleve o pueda conllevar exposición a la radiación sólo debería adoptarse si reporta a los individuos expuestos o a la sociedad un beneficio suficiente para compensar el detrimento radiológico que cause o pueda causar; siempre que no exista otra alternativa tecnológica que produzca el mismo beneficio neto.
Ø Optimización de la protección (ALARA) Las exposiciones de los individuos debido a las prácticas que involucren fuentes de radiación deberán ser tan bajas como razonablemente sea alcanzable, tomando en cuenta aspectos económicos y sociales.
Ø Limitación de dosis (del riesgo individual) La exposición normal de los individuos se deberá restringir de modo que ni el total de la dosis efectiva ni el total de la dosis equivalente a órganos o tejidos de interés, causadas por la posible combinación de exposiciones originadas por prácticas autorizadas, excedan de cualesquiera de los límites recomendados por las normas internacionales propuestas por el ICRP.
Tal limitación no se aplica a exposiciones médicas debidas a prácticas autorizadas.
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