Miembro de
Proyect Sindicate apdu
       
 
separador                                          Inscripto en el Registro de Derechos de Autor en el libro 30 con el No 379
              
Google Buscar en la

 
Año V Nro. 315 - Uruguay, 05 de diciembre del 2008   
 

Visión Marítima

historia paralela

 

 
separador
 
mail
mail Contactos
pirnt Imprimir Artículo
 
 

COMUNICADO

         La MECISPU, hace saber a la Opinión Pública que:

1°- La semana pasada se hizo entrega a la Sra. Ministra del Interior de 39 petitorios de acuerdo al Articulo 30 de la Constitución, realizados por parte de cada una de la Instituciones Sociales de la Policía Nacional, solicitando a la Sra. Ministra,  rever la situación del Comisario Felipe Pérez de la Jefatura de Policía de Rocha, el que fuera sometido a sumario administrativo con separación de la función y la retención de los medios sueldos, en su calidad de Presidente del Círculo Policial del Rocha, por causas que se entiende no ameritan tomar dichas medidas contra un integrante de la Comisión Directiva de una Institución Social, que posee personería jurídica y un estatuto que la habilita, por parte del Ministerio de Educación y Cultura.

2°- Habiendo transcurrido seis meses de esa situación, -por demás injusta y aberrante-, y estando los procedimientos administrativos plagados de irregularidades de forma y contenido, se solicitó en forma conjunta por parte de todas las Instituciones Sociales de la Policía Nacional a lo largo y ancho de todo el País, el cese inmediato y la revocación de las medidas tomadas, por ser autoritarias, injustas e ilegales.

3°- Con fecha 18 de junio del presente año se envió una nota al Sr. Sub Secretario, con las mismas reivindicaciones, que nunca fue contestada.

4°- Se sigue aguardando una respuesta favorable e inmediata de la Sra. Ministra, a las inquietudes de todos los policias representados por dichas Instituciones.

5°- Se advierte que de no obtenerse una respuesta adecuada e inmediata, se seguirán implementando otras medidas de lucha, en defensa, por un lado del camarada  injustamente agraviado y a esta altura perseguido, y por otro del respeto de la seguridad jurídica, de la cual la propia Policía debe ser garante. 

Círculo Policial de Artigas    
Círculo Policial de Salto
Círculo Policial de Paysandú  
Círculo Policial de Rió Negro 
Círculo Policial de Soriano
Círculo Policial del Colonia
Círculo Policial de Rivera
Círculo Policial de Tacuarembó
Círculo Policial de Durazno
Círculo Policial Penitenciario

Centro de Sub Oficiales de la Policía

Círculo Policial de Florida
Círculo Policial de Flores
Círculo Policial de Lavalleja
Círculo Policial de San José
Círculo Policial de Canelones
Círculo Policial de Maldonado
Círculo Policial de Treinta y Tres
Círculo Policial de Cerro Largo
Círculo Policial de Rocha

Club Atlético Policial

Círculo Policial del Uruguay 

14  Asociaciones de Retirados Policiales del Interior del País.

Asociación Nacional del Retirados Policiales del Uruguay  (ANPRU)   
Federación de Círculos, Centro y Clubes Policiales del Interior (FEDECIR) 

Federación de Asociaciones de Pensionistas y Retirados Policiales del Uruguay (FEDAPRU)

 

 
 

Nota enviada a la Sra. Ministra

SEÑORA  MINISTRA DEL INTERIOR

Psicóloga Social Maestra Daisy TOURNE

Presente

De nuestra mayor consideración:

         La Comisión Directiva de ................ de acuerdo al Art. 30 de la Constitución, solicita a la Sra. Ministra cesar de inmediato las medidas administrativas tomadas contra el Presidente del Círculo Policial de Rocha, Crio. Washington Felipe Pérez, en virtud de que las mismas se consideran violatorias de los derechos de dicho Sr. Oficial Jefe, por cuanto el mismo es representante de una Institución Social con Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación y  Cultura, con un Estatuto Social vigente aprobado por la Asamblea General de dicha Organización Social,  y autorizado por la misma Secretaría de Estado. En tanto no depende del Ministerio del Interior.

Considerando además que el Presidente de una Institución Social no puede, ni debe ser responsable personalmente por las decisiones que adopta una Comisión Directiva o la Asamblea General de una Institución Civil.

A la espera de una respuesta favorable de la Sra. Ministra, que desactive dicho abuso de poder.

Saluda a usted atentamente

Firmas de Presidente y Secretario de cada Institución

 
 

» Arriba


 
 
21
Informe Uruguay se halla Inscripto en el Registro de Derechos de Autor en el libro 30 con el No 379
Depósito legal No. 2371 deposito Nos. 338018 ley No - 9739, dec 694/974 art. 1 inc A
20
Los artículos firmados son de exclusiva responsabilidad del autor y no reflejan, necesariamente, la opinión de Informe Uruguay
20
Los enlaces externos son válidos en el momento de su publicación, aunque muchos suelen desaparecer.
Los enlaces internos de Informe Uruguay siempre serán válidos.
21
 
Estadisticas Gratis