Hoy día existen diferentes leyes nacionales, supranacionales e internacionales que intentan proteger los derechos de los inmigrantes. Sin embargo, el problema con los derechos de los inmigrantes no viene tanto por la falta de ratificación a nivel nacional de diferentes leyes internacionales de protección, como por la necesidad de cambiar dichas leyes en función de la realidad social y de implementarlas de manera adecuada. Así pues, la ley nacional es la que primordialmente contribuye a la defensa y protección de los derechos de los inmigrantes en el país de recepción.
España es uno de los países europeos que más destacan por el aumento sustancial de inmigrantes en las últimas décadas. El país ha experimentado una inmigración sobre todo de Marruecos, América Latina, África subsahariana y Europa del Este.Apesar de ello, España se encuentra en una situación de confusión e inseguridad jurídica respecto a la inmigración y carece además de una política clara de integración.
La ley de Extranjería (ley orgánica 4/2000) española ha sufrido muchos cambios en los últimos años a resultas de una política restrictiva y poco comprensiva. La primera modificación, la ley orgánica 8/2000, se justificó como una respuesta a las necesidades de abordar la inmigración como un hecho estructural, pues España es un país de destino de los flujos migratorios, y de armonizar la legislación nacional con la europea. Pero ¿se tenían realmente en cuenta los flujos migratorios cuando se hablaba del aumento alarmante del número de inmigrantes en España? Un cálculo matemático sencillo puede demostrar que la diferencia entre el número de españoles que han emigrado entre los años 1940-1970 y el número de personas españolas o extranjeras que han entrado en las últimas décadas, aunque es positivo, es apenas un 3%.
La segunda modificación de ley, la ley orgánica 14/2003, tenía como objetivos principales "mejorar la gestión de la inmigración legal y reforzar las medidas para luchar contra la inmigración ilegal y el tráfico de seres humanos". Estos propósitos resultaron, en términos de requisitos para la admisión y regularización, más restrictivos.
El cambio de gobierno tan sólo ha supuesto un nuevo reglamento de regularización de los inmigrantes ilegales.Un cambio radical y sensato de la ley de Extranjería ni siquiera se ha llegado a plantear en el debate. El lenguaje formal de este nuevo reglamento y sus exigencias demuestran una clara tendencia prejuiciosa que viola el derecho a la dignidad humana de las personas extranjeras residentes en España. Términos como normalización, ilegal, irregular se atribuyen arbitrariamente a las personas extranjeras, sin ningún respeto para su condición. Las personas no son ilegales, irregulares o anormales, lo son sus situaciones.
El nuevo reglamento también presenta contradicciones técnicas en la formulación de los requisitos necesarios para la regularización. La ley de Extranjería española es una política de mercado de trabajo y no una política de derechos. Dicha ley y sus modificaciones contradicen claramente tanto el artículo 10.1 (título I) de la Constitución, que proclama el derecho a la dignidad humana, como la legislación internacional de derechos humanos, que estipula el derecho a la dignidad humana como un derecho básico. Necesitamos un cambio radical y sensato de la ley.
Por tanto, en la formulación de las políticas de inmigración urge la necesidad de una perspectiva más amplia, basada en los derechos humanos y colectivos, con el fin de proteger la dignidad de las personas que emigran. El camino hacia la dignidad es una Europa abierta, solidaria y humanitaria.
M. VANCEA, del departamento de Ciencias Políticas y Sociales, UPF de 