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Año III - Nº 185
Uruguay, 09 de junio del 2006
Inscripto en el Registro de Derechos de Autor en el libro 30 con el No 379
 

 

 

 

Minerales y Materiales Radiactivos
* Dra. Diva E. Puig

   

Todo país que emprenda actividades de prospección, minería y tratamiento de minerales radiactivos deber tener presentes los peligros de radiación que entrañan tales actividades y conocer las medidas reglamentarias y de control de radiaciones que deben aplicarse.

Desde hace tiempo, la industria de uranio se ha asociado con enfermedades profesionales, particularmente con el cáncer de pulmón.

Existen pruebas epidemiológicas evidentes de que la exposición a los productos resultantes del radón en cantidades significativas puede causar cáncer de pulmón.

También se ha comprobado que la incidencia del cáncer de pulmón es muy superior en los mineros que fuman que en los no fumadores.

Las características de la industria minera del uranio presentan, sin embargo, diferencias con la de otros componentes del ciclo de combustible nuclear, sujeta como está a peligros de radiación tales como los procedentes del radón y los productos del mismo, del polvo del mineral y de la torta amarilla.

Además, los abundantes volúmenes de desechos que constituyen las colas del tratamiento del mineral producen efectos nocivos sobre el medio ambiente. Sin embargo, las constantes mejoras introducidas en los métodos de minería, ingeniería y control de la ventilación además de la proteccion radiológica- incluyendo la aplicación de umbrales de exposición a los productos del radón- han mejorado considerablemente las condiciones de trabajo.

Los progresos logrados sugieren que se puede extraer y tratar el uranio y el torio con seguridad, sin indebido riesgo para los trabajadores o para el público.

Sin embargo, es preciso, velar meticulosamente en todo momento para garantizar condiciones seguras para los trabajadores y no se deben escatimar esfuerzos para mejorar lo ya logrado.

Cabe poner de relieve que todo país que emprenda actividades de prospección, minería y tratamiento de minerales radiactivos debe tener presente los peligros de radiación que entrañan tales operaciones y conocer igualmente las medidas reglamentarias y de control de radiaciones que deben aplicarse.

Es preciso esforzarse especialmente por reducir la exposición a los nucleidos hijos del radón y a otras fuentes de radicación, recurriendo en particular a medidas de ventilación y de control del polvo.

Las Normas de Seguridad del OIEA tratan del control de la exposición profesional a las radiaciones y la radiactividad en las operaciones de minería y tratamiento.

También publicaciones de la OIT tratan sobre seguridad e higiene en el trabajo.

Las disposiciones del OIEA, se aplican a la minería y tratamiento de minerales de uranio y torio, a las minas y plantas de tratamiento que extraigan uranio o torio como subproductos y a las actividades subterráneas de exploración y de desarrollo en busca de uranio y torio.

Algunas partes pueden ser de aplicación a las minas y plantas de tratamiento de minerales no uraníferos en cuya atmósfera se hallen en suspensión nucleidos hijos del radón o del torio.

Las disposiciones se aplican específicamente a los riesgos radiológicos profesionales resultantes de actividades como la excavación, transporte y almacenamiento de minerales, trituración, molienda, selección, flotación y otros procesos físicos de concentración así como a la producción de concentrados por medios químicos.

La responsabilidad de adoptar y asegurar el cumplimiento de las Normas corresponde al empleador.

Sus principales responsabilidades son:

1. controlar la exposición de los trabajadores a las radiaciones y a los materiales radiactivos. El empleador tiene el deber de asegurarse que la exposición a las radiaciones y la incorporación de sustancias radiactivas de cada trabajador sea controlada de forma que se ajuste a los límites prescritos para los individuos en las Normas. Se recomienda realizar todos los trabajos, incluidos los de almacenamiento y evacuación, de modo que se cumplan los requisitos prescritos.

2. tener en cuenta la proteccion de la salud y seguridad de los trabajadores en todas las fases de concepción y planificación de un proyecto de minería y tratamiento. Antes de comenzar las actividades, facilitar a la autoridad competente información sobre los probables riesgos radiológicos y sobre los métodos a adoptar para controlar la exposición a las radiaciones ionizantes y a las sustancias radiactivas.

3. mantener las exposiciones individual y colectiva de los trabajadores al nivel más bajo que razonablemente pueda alcanzarse, habida cuenta de los efectos económicos y sociales.

4. asegurar la disponibilidad de las instalaciones, material y equipo, equipo de proteccion personal, ropa de trabajo e instalaciones de lavado y primeros auxilios prescritos en las Normas.

5. facilitar, mantener e inspeccionar, que los trabajadores realizan sus tareas de conformidad con lo dispuesto.

7. asegurarse de que todo trabajador y supervisor recibe instrucción sobre los métodos básicos de ventilación y de proteccion radiológica aplicados en toda la mina o planta de tratamiento, y de que está informado sobre la naturaleza, origen y posibles efectos nocivos para la salud de las sustancias radiactivas y sobre el control de las mismas mediante el mantenimiento de un adecuado sistema de ventilación, la debida higiene personal y el uso apropiado del equipo individual de proteccion.

8. asegurarse que todo trabajador que comienza un nuevo cometido es instruido en lo que atañe a sus deberes y responsabilidades, a las fuentes de exposición a las radiaciones y a las sustancias radiactivas relacionadas con su trabajo y a las medidas de control adoptadas, especialmente en lo que se refiere a la ventilación.

9. cuando un trabajo es realizado conjuntamente por cierto numero de personas, asegurarse de que todos los trabajadores conocen sus responsabilidades particulares y colectivas referentes al control de la exposición de los demás y de ellos mismos, a las radiaciones y a las sustancias radiactivas, y de que tales trabajadores están adecuadamente supervisados.

10. asegurarse de que, para cada tipo de trabajo y de cometidos, se colocan en sitios destacados y accesibles copias de las instrucciones operacionales relativas a las medidas de control adoptadas para ese lugar de trabajo y ese cometido, de que tales avisos están escritos en las lenguas necesarias para que lo comprendan todos los trabajadores de la mina y de la planta de tratamiento y de que son legibles en todo momento.

11. el empleador debería asegurarse de que se renuevan a intervalos regulares, las instrucciones dadas a todos los trabajadores.

12. debería establecer, de acuerdo con la autoridad competente, niveles de referencia - niveles de investigación o de intervención - basados en las condiciones reales de la mina o de la planta de tratamiento, de forma que puedan adoptarse las medidas correctas apropiadas si se rebasan tales límites.

13. asegurarse de que todos los trabajadores reciben la vigilancia medica prescrita.

14. informar a los trabajadores de que fumar aumenta los riesgos resultantes de la exposición a los nucleidos hijos del radón y del torón suspendidos en el aire y aconsejar que no se fume.

15. enviar cada año a la autoridad competente resúmenes de los registros relativos a la exposición de los trabajadores a las radiaciones, de los registros de las mediciones de concentraciones de sustancias radiactivas, así como de todos los demás registros que requiera la autoridad competente con la frecuencia que dicha autoridad prescriba en cada caso.

16. el empleador, al clausurar una mina o una planta de tratamiento, debería enviar a la autoridad competente todos los registros relativos a la exposición a las radiaciones.

Deberes generales de los trabajadores

1. observar, conforme a las instrucciones del empleador, todas las reglas y reglamentos para el control de la exposición a las radiaciones y a las sustancias radiactivas en el ambiente de trabajo y abstenerse de prácticas o acciones negligentes o imprudentes cuyo resultado verosímil sea una exposición innecesaria de ellos mismos o de sus compañeros de trabajo.

2. utilizar, de acuerdo a las instrucciones que reciban,

  • Los dispositivos, instalaciones y equipo protector facilitados para
    limitar su exposición y la de sus compañeros de trabajo a las radiaciones y las sustancias radiactivas.
  • Los dosímetros individuales y otro equipo de vigilancia radiológica que les sean facilitados con el fin de evaluar la exposición a las radiaciones y a las sustancias radiactivas.

3. se recomienda que ningún trabajador, a menos que se halle debidamente autorizado, perturbe, retire, altere o cambie de sitio ningún dispositivo de seguridad, equipo de ventilación u otro equipo facilitado para su proteccion o la proteccion de otras personas y que no perturbe ningún método o proceso adoptado para controlar la exposición a las radiaciones y a las sustancias radiactivas. Los trabajadores deberían adoptar todas las precauciones razonables para evitar daños a tal equipo y para mantenerlo en buen estado de funcionamiento.

4. conviene que los trabajadores adopten prácticas satisfactorias de higiene personal tales como lavarse antes de comer y de fumar, usar regularmente ropa limpia de trabajo y ducharse al final del trabajo, ya que estas practicas contribuyen a reducir al mínimo la incorporación de sustancias radiactivas.

Notificación, registro, concesión de licencia

Se recomienda notificar a la autoridad competente de las propuestas de trabajo de desarrollo, excavación, tratamiento y manipulación de minerales de uranio y torio que estén sujetas a concesión de licencia, si es preciso, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.

Limite de edad

No se deberían emplear menores de 18 años.

Principios para limitar la exposición a las radiaciones

Se debería adoptar el principio de la Internacional Comisión on Radiological Protection(ICRP) de justificación de la práctica, optimización de la proteccion y los limites de dosis equivalente a los individuos.

Ninguna persona debería exponerse innecesariamente a las radiaciones ionizantes.

Organización administrativa de la proteccion radiológica

Clasificación de los trabajadores.

Se pueden clasificar según:

  • Los que trabajen en condiciones en que la exposición anual combinada pudiera rebasar 3/ 10 del limite.
  • Los que trabajan en condiciones en que sea improbable que la exposición anual combinada rebase 3/10 del limite.

El primer grupo,( a) debería someterse a vigilancia medica apropiada y se recomienda la evaluación individual de exposiciones.

En la practica, es probable que casi todos los trabajadores de una mina subterránea se encuentren en las condiciones de trabajo a.

El segundo grupo, condiciones b, debería someterse a vigilancia medica apropiada pero no es necesario que se evalúen las exposiciones individuales.

Clasificación de las zonas de trabajo

1. zona controlada. Cualquier zona de trabajo en que los trabajadores pudiesen sufrir exposiciones anuales combinadas que rebase los 3/ 10 el limite. El acceso a estas zonas debe estar controlado y someterse a
instrucciones operacionales.

En las zonas controladas se recomienda practicar tanto la vigilancia radiológica como la de zonas.

Se recomienda marcar las zonas controladas con señales de advertencia colocadas en los puntos de entrada y en el interior. El acceso a las mismas solo debe permitirse al personal que trabaje en ellas y a personas autorizadas.

2. zona supervisada. Cualquier zona en que las exposiciones anuales combinadas pudieran rebasar 1 /10 pero no es probable que rebasen 3 /10 del limite. Se recomienda proceder a la vigilancia radiológica de las zonas supervisadas y marcarlas con señales colocadas en las entradas. Conviene que el acceso de los trabajadores a las mismas se someta a instrucciones operacionales locales.

Proteccion radiológica

Un programa efectivo de proteccion radiológica requiere los servicios de:

  • un médico
  • un especialista en proteccion radiológica
  • un especialista en ventilación.

Estos especialistas deben ejercer su labor en estrecha cooperación y mantener estrechos contactos con las personas encargadas del control de los riesgos no radiológicos.

Se recomienda que todas las personas que puedan estar expuestas a riesgos radiológicos sean instruidas adecuadamente acerca de los riesgos, los métodos y técnicas de trabajo en condiciones de seguridad, las precauciones, y todas las medidas necesarias para su proteccion.

Vigilancia

Los principales objetivos de la vigilancia radiológica son, evaluar las exposiciones de los trabajadores y ofrecer los datos necesarios para el control adecuado.

A fin de conseguir un control efectivo de la exposición a las radiaciones, la vigilancia radiológica debería facilitar:

  • La detección y evaluación de las principales fuentes de exposición.
  • La evaluación de la eficacia del equipo de control.
  • La detección de alteraciones del funcionamiento que se traduzcan en mayores concentraciones de sustancias radiactivas.
  • La predicción del efecto de las actividades futuras sobre la exposición a las radiaciones y a las sustancias radiactivas.
  • Vigilancia radiológica del ambiente de trabajo.

Las zonas en que las exposiciones individuales anuales combinadas pudieran rebasar 1/ 10 de los limites, deberían ser objeto de vigilancia radiológica bajo la dirección de un oficial encargado de la misma.

  • Vigilancia de la radiación externa.
  • Vigilancia radiológica de los nucleidos hijos del radón y del torón.
  • Vigilancia radiologica dle polvo radiactivo.
  • Bioensayos.

Se recomienda proceder con regularidad a la vigilancia radiológica del uranio y torio en la orina, en el caso de los trabajadores empleados en las zonas de secado y envasado del producto y en el de los trabajadores dedicados a triturar y manipular mineral de muy alta ley. La frecuencia de esta vigilancia radiológica debería ser aprobada por la autoridad competente.

Vigilancia medica

Todas las personas que trabajen en la minería y tratamiento de minerales radiactivos deberían ser objeto de examen medico, antes de comenzar ese trabajo y durante, a intervalos convenientes.

Los exámenes deberían facilitar información sobre el estado general del trabajador y revelar los cambios de dicho estado que puedan hallarse relacionados con la exposición profesional del interesado.

También se debería hacer un examen médico al cesar en esa actividad.

Notificación de afecciones, de casos de sobre exposición

Todos estos hechos deberían ser notificados prontamente por el trabajador.

Registros sanitarios y de vigilancia radiológica

Se recomienda llevar registros en forma aprobada por la autoridad competente. Deberían contener toda la información pertinente, por lo menos en lo que respecta a:

  • La índole de los trabajos que entrañan exposición a las radiaciones, el tipo de radiaciones y los periodos en que tuvo lugar la exposición.
  • Los resultados de la evaluación de las exposiciones individuales.
  • Los resultados de los exámenes médicos llevados a cabo, respetando su carácter confidencial.

Se recomienda mantener los registros en la forma que determine la autoridad competente y conservarlos durante toda la vida de la persona a que se refieren, y en todo caso, 30 años, como mínimo después del cese de los trabajos que entrañan exposición a las radiaciones.

Se recomienda hacer entrega de los registros a la autoridad competente.

Medidas tecnológicas y administrativas de proteccion

Se recomienda dar siempre preferencia a los medios tecnológicos de proteccion contra las radiaciones incorporados en la instalación y no al equipo de proteccion individual. El equipo individual debería usarse como medida adicional, aunque temporal, hasta que se instalen controles tecnológicos adecuados.

Hay que:

  • Controlar el polvo en las mimas.
  • Empleo de sistemas de ventilación bien diseñados y adecuadamente controlados en las minas subterráneas.
  • Medidas de control en el tratamiento de minerales.

En el diseño de las plantas de tratamiento y de los procesos empleados para la extracción y concentración de materiales radiactivos, lo primero que conviene tener en cuenta es el confinamiento de dichos materiales.

Las sustancias radiactivas que no puedan ser confinadas eficazmente dentro del correspondiente proceso, deberían ser controladas por adecuada ventilación, a fin de evitar la emisión de contaminantes y reducir al mínimo la exposición del personal durante las operaciones.

Proteccion radiológica

Conviene aplicar, lo más posible, medidas tecnológicas de control, tales como buen diseño, instalación, mantenimiento, explotación, organización administrativa e instrucción del personal antes de recurrir al equipo protector para seguridad y proteccion de los trabajadores.

Cuando las medidas de control no sean suficientes para obtener condiciones seguras de trabajo, o bien cuando haya de efectuarse un trabajo de emergencia, debería facilitarse equipo de proteccion para limitar la exposición de los trabajadores.

El equipo individual de protección comprende ropa,- batas, capuchas, guantes, prendas de trabajo de cierre hermético, calzado impermeable y delantales impermeables, respiradores, - aparatos de proteccion respiratoria - etc. los trabajadores que posiblemente hayan de utilizarlo deberían ser adiestrados debidamente en su empleo, funcionamiento, mantenimiento y limitaciones.

Se recomienda seleccionar los dispositivos y el equipo de protección en función de los riesgos a afrontar.

Por lo general los puestos fijos de trabajo no deberían situarse en galerías para el aire de retorno ni en zonas expuestas a fuertes radiaciones externas.

Se recomienda facilitar a todas las personas instalaciones de aseo adecuadas para el lugar de trabajo. Nadie debería comer, beber, mascar chicle o tabaco, fumar en las zonas de trabajo en que pudieran ingerirse sustancias radiactivas concentradas.

Deberían instalarse botiquines de primeros auxilios en las zonas apropiadas de trabajo.

Conviene adoptar precauciones especiales al limpiar heridas causadas en zonas donde haya sustancias radiactivas concentradas y de heridas causadas por equipo contaminado.

Antes de entrar en las zonas de trabajo conviene cubrir adecuadamente con vendajes impermeables los cortes y heridas, particularmente en las manos.

Conviene limpiar lo antes posible todos los derrames de sustancias radiactivas en las plantas de tratamiento, a fin de reducir al mínimo la difusión de la contaminación. Se recomienda descontaminar la zona eliminado toda sustancia no fijada.

En las minas con zonas de altos niveles de exposición a las radiaciones, cuando no se disponga de medios prácticos de control, convendría estudiar la posibilidad de introducir la rotación en el trabajo a fin
de reducir la exposición individual de los trabajadores.

Sólo debería recurrirse en circunstancias excepcionales a la rotación en el trabajo, la cual no debería ser un sucedáneo de la labor de estudio y aplicación de métodos adecuados de control de las radiaciones.

 
 
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