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Año III - Nº 186
Uruguay, 16 de junio del 2006
Inscripto en el Registro de Derechos de Autor en el libro 30 con el No 379
 

 

 

 

INFORME PRESENTADO POR DELEGACION URUGUAYA EN "LA HAYA" SOBRE LA INSTALACIÓN DE DOS PLANTAS DE CELULOSA EN EL RÍO URUGUAY

1. INTRODUCCION

Las plantas de producción de pasta de celulosa M'bopicuá y Botnia se sitúan a orillas del Río Uruguay (río limítrofe que separa la Argentina y el Uruguay), en el oeste del territorio uruguayo, en las cercanías de la ciudad de Fray Bentos (Uruguay), frente a la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos (Argentina). Los beneficios económicos de los dos proyectos se derivarán del empleo directo e indirecto, la generación de valor por el procesamiento de la madera y los ingresos tributarios para el gobierno a nivel local, regional y nacional.

2. IMPORTANCIA SOCIAL, ECONOMICA Y HUMANA DE LA INVERSION

La planta de celulosa M'bopicuá, del grupo español Ence, tiene proyectada la fabricación de aproximadamente 400.000 toneladas de pulpa de celulosa al año, y cuenta con una solicitud, en curso, de ampliar la producción, a 500.000 toneladas por año. Asimismo cabe destacar que la inversión prevista es de USD 500 millones

El emprendimiento se sitúa a 12 km al este de la ciudad de Fray Bentos, contíguo al puerto de la Terminal Logística de M'bopicuá que ya funciona (con Autorización Ambiental Previa).
La planta de celulosa del grupo finlandés Metsa Botnia, por otra parte, proyecta la fabricación de aproximadamente 1.000.000 de toneladas de pulpa de celulosa al año, y la inversión total prevista es de USD 1.000 millones. El emprendimiento, bajo el régimen de Zona Franca, se ubica a 4 kilómetros al este de la ciudad de Fray Bentos

En el auge de la construcción de las obras, se prevé la ocupación directa de 1.600 personas para M'bopicuá y 4.000 para Botnia y una vez en funcionamiento cada planta demandará 300 trabajadores en forma permanente, y generará varios miles de empleos indirectos.
El impacto económico de los dos proyectos será alrededor del 3.2 % del PBI de Uruguay en 2004 durante los tres años de la fase total de construcción y aproximadamente el 2.5 % del PBI de 2004 en cada año de producción a capacidad plena (aproximadamente 40 años para cada planta).

El impacto sobre el empleo también será significativo, representando un aumento equivalente al 1.3 % de la fuerza laboral en 2004, durante los tres años de la fase de construcción y el equivalente a algo menos del 1% de la fuerza laboral nacional en 2004 durante cada año de operación a capacidad plena.

Cuando las plantas alcancen su plena capacidad de producción, el flujo comercial positivo generado por las ventas de celulosa, menos los flujos comerciales negativos por las menores ventas al exterior de troncos y los insumos importados para las plantas de celulosa, compensará alrededor del 22 % del déficit comercial recurrente en Uruguay.

Finalmente, los ingresos del Gobierno Nacional deberían totalizar el equivalente a aproximadamente el 2% de los ingresos de 2004 durante la fase de construcción ; y cada año de producción a capacidad plena de las plantas contribuiría algo menos del equivalente al 1% de los ingresos de 2004. De todo esto resulta la fundamental importancia económica y social, que tendrán estas obras. Con ellas mejorará la situación económica general del país, disminuirá el desempleo y se generará una corriente de producción y de exportación sumamente importante para el país.

El Gobierno del Uruguay ha encarado la realización de estas obras de importancia fundamental, uniendo el tema económico, social y laboral, al cuidado estricto de los problemas ambientales, de forma tal que de ninguna manera se afecte el sistema ecológico ni la salud de las poblaciones.

Ha encarado el desarrollo en relación con el respeto del Medio Ambiente. Estos dos términos no pueden contraponerse antinómicamente, deben ser armonizados y coordinados, como lo han señalado las Naciones Unidas desde las Conferencias de Estocolmo y Río de Janeiro y el Derecho Internacional aplicable, que el Uruguay respeta escrupulosamente.

3. LEGISLACIÓN NACIONAL EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL -AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA

El régimen de evaluación del impacto ambiental en el Uruguay está regulado por ley Nº 16.416 del 19 de enero de 1994 conocida como Ley de Prevención y Evaluación del Impacto Ambiental, que sujeta la ejecución de determinadas actividades, construcciones, u obras a la autorización del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA).

Se trata de un procedimiento técnico administrativo y participativo, para la identificación en forma anticipada de las consecuencias ambientales de un proyecto y la prevención, mitigación o compensación de sus impactos ambientales negativos, habilitando la adopción de una decisión por parte de la Administración, acerca de la admisibilidad ambiental de dicho proyecto.

El Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto 435/994 del 21 de setiembre de 1994 y recientemente sustituido por Decreto 349/005 del 21 de setiembre de 2005, sujeta a la Autorización Ambiental Previa del MVOTMA, el funcionamiento de ambas plantas.

La Autorización Ambiental Previa está condicionada a la presentación y aprobación de un Plan de Gestión Ambiental (PGA) para la fase de construcción, y otro para la fase de operación.

La no autorización por parte dela DINAMA de cualquiera de los dos Planes de Gestión, en cualquiera de sus etapas de realización y de producción, impediría la continuación de las actividades.

Actualmente la DINAMA se encuentra evaluando los diferentes planes que integran el Plan de Gestión Ambiental de la Construcción, para próximamente realizar el mismo trabajo con el Plan de Gestión Ambiental de la Operación.

La tecnología adoptada por ambas plantas (tratamiento fisicoquímico denominado KRAFT) está señalada dentro de las mejores tecnologías disponibles (MTD o BAT), establecidas por la Unión Europea.

Utilizarán la mejor tecnología disponible para la producción de pulpa de madera según lo definido por la Directiva de la Unión Europea sobre Prevención y Control Integral de la Contaminación. Ambas plantas cumplirán además con las normas uruguayas sobre emisiones y las normas del Grupo Banco Mundial, así como con todos los estándares de la Unión Europea.

La gestión de los residuos igualmente se hará cumpliendo con las condiciones establecidas por el MVOTMA.

La obtención de la Autorización Ambiental Previa significa que, según el estudio realizado y de acuerdo a las condiciones de funcionamiento impuestas, los proyectos son ambientalmente viables y los impactos ambientales evaluados son admisibles y controlables con las medidas de mitigación y compensación propuestas.

Antes de otorgar las autorizaciones a la empresa, se debe realizar el procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental (EIA). Este consiste en clasificar el proyecto de acuerdo a los impactos ambientales que pueden tener dentro de tres categorías : A, B o C.

En los casos de las categorías B o C, en las que se sitúan los proyectos que puedan producir impactos ambientales moderados o significativos, el interesado deberá realizar a su costo el Estudio de Impacto Ambiental sectorial en el primer caso y completo en el segundo, para posteriormente solicitar la Autorización Ambiental Previa.

Presentado el Estudio de Impacto Ambiental es evaluado técnicamente por la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), solicitando las aclaraciones y complementaciones que estime necesarias.

La participación pública está prevista mediante la puesta de manifiesto de un Informe Ambiental Resumen, que habilita a los interesados a tomar conocimiento del proyecto y emitir su opinión para lo cual disponen de un plazo de 20 días hábiles.

Para los proyectos clasificados C debe convocarse una Audiencia Pública con la participación de las organizaciones de la Sociedad Civil y público en general, interesado en participar.

Con toda la información recabada en la tramitación y los informes técnicos, se elabora por la División Evaluación de Impacto Ambiental de DINAMA un informe conclusivo o final, sugiriendo o no la Autorización Ambiental Previa y en qué condiciones.

En el caso de las plantas de celulosa M'bopicuá (Ence) y Botnia se siguieron todos estos pasos y etapas establecidos en la legislación vigente en Uruguay.

Ambos proyectos fueron clasificados en la categoría C, se presentaron los Estudios de Impacto Ambiental y de las informaciones complementarias que oportunamente fueron solicitadas, se presentó y puso de manifiesto público el Informe Ambiental Resumen y se presentaron los proyectos en las audiencias públicas debidamente convocadas.

A nivel internacional, la Corporación Financiera Internacional del Banco Mundial realizó un estudio de análisis del impacto acumulativo de las plantas de celulosa, que fue presentado en el mes de diciembre de 2005, y sus conclusiones reafirman los resultados obtenidos en los informes de impacto ambiental, hechos tanto por las empresas como por la DINAMA.

Todas las etapas cumplidas son muestra asimismo de la voluntad del Gobierno uruguayo de respetar no solo el Derecho Interno aplicable, sino también el Derecho Internacional y todas las normas y principios destinados a proteger el medio ambiente.

Es interés esencial y primario del Uruguay que la actividad de las plantas de celulosa respete estrictamente el derecho internacional, el medio ambiente y que se pueda asegurar que no haya efectos negativos en cuanto a la contaminación del Río Uruguay.

4. MANEJO BI NACIONAL DEL MONITOREO DEL RÍO URUGUAY

4. 1 CELULOSAS M`BOPICUA S.A

Con fecha 9 de octubre de 2003 el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente otorgó la Autorización Ambiental Previa para el proyecto de construcción de una planta de producción de pasta de celulosa en el Departamento de Río Negro, a la empresa M'Bopicua S.A. Esta autorización estuvo sujeta al estricto cumplimiento de las condiciones que la resolución establece, entre ellas la presentación por parte de la empresa del plan ejecutivo, el estudio de impacto ambiental de la obra y un plan de gestión ambiental para ser aprobados por la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), previo al comienzo de las obras.

Dicha autorización fue cuestionada en el seno de la CARU por las delegación de Argentina en plenario extraordinario del 17 de octubre de 2003, y como resultado de la falta de consenso entre ambas delegaciones, las reuniones ordinarias del organismo fueron suspendidas hasta mayo de 2004.

En marzo de 2004 se llegó a un entendimiento y a la aceptación, por parte de Argentina, de la instalación de las plantas, todo lo cual se refleja en el Acta 01/04 de fecha 15 de mayo de 2004 que culminó con coincidencias generales de las dos Delegaciones, de la cual se destaca:
"II) En fecha 2 de marzo de 2004 los Cancilleres de Argentina y Uruguay llegaron a un entendimiento con relación al curso de acción que se dará al tema, esto es facilitar por parte del Gobierno uruguayo la información relativa a la construcción de la Planta y en relación a la fase operativa proceder a realizar el monitoreo por parte de CARU de la calidad de las aguas conforme a su Estatuto".

Se continúa con coincidencias específicas y con una decisión adoptada por consenso.Tomando nota de este entendimiento, la Memoria Anual del Estado de la Nación 2004, presentada por el Presidente Néstor Kirchner al Congreso de la Nación, reza así: "En el mes de marzo, Argentina y Uruguay firmaron un acuerdo bilateral, poniendo fin a la controversia por la instalación de una planta de celulosa en Fray Bentos. Este acuerdo respeta, por un lado el carácter nacional uruguayo de la obra, que nunca estuvo puesto en entredicho y por otro lado, la normativa vigente que regula las aguas del Río Uruguay a través de la CARU. Asimismo, supone una metodología de trabajo para las tres etapas de construcción de la obra: el proyecto, la construcción y la operación." Y más adelante: "Planta de Celulosa M´Bopicuá y Emprendimiento Botnia. De acuerdo a las "coincidencias específicas de ambas Delegaciones ante la CARU" con referencia a la posible instalación de fábricas de pasta de celulosa a la vera del Río Uruguay fue diseñado un "Plan de Monitoreo de la Calidad Ambiental del Río Uruguay en áreas de plantas celulósicas" que junto con el "Plan de Protección Ambiental del Río Uruguay" contribuye a mantener la calidad del recurso hídrico. Asimismo, fueron revisados y actualizados los estándares de Calidad de Agua", restando su incorporación al Digesto de Usos del Río Uruguay.

Al respecto, el 14 de abril de 2004, el canciller Bielsa declaró ante la cámara de Diputados: "Respecto de M`Bopicuá, el acuerdo que suscribimos con Uruguay va a tener tres etapas. Una primera etapa es la que culmina con la aprobación del emprendimiento. Esta etapa tiene un ámbito que es la Comisión del Río Uruguay - la CARU- en la que la Argentina va a recibir toda la información por parte de Uruguay. Como se sabe la Argentina ha presentado dos informes de impacto ambiental y los informes contienen los planes de remediación. La segunda etapa, que es la de construcción, es de cuatro años, respecto de la cual la Argentina va a tener una posibilidad de monitoreo, que no es un tema trivial, porque el punto está puesto en que existen procesos tecnológicos que permiten reducir al mínimo las consecuencias medioambientales, excepto que las plantas que tienen esa naturaleza son mucho más caras. Entonces, Uruguay, en su carácter de país verde, es el sexto país en protección del medio ambiente a nivel mundial y tiene muy en cuenta estas preocupaciones. Me pareció que era una incumbencia que podemos reclamar de acuerdo con el tratado del Río Uruguay y la Comisión va a ser la que va a monitorear la construcción.[..] Luego de un largo proceso, la Argentina y Uruguay llegaron a ese acuerdo."

4.2 BOTNIA

El 14 de febrero de 2005 el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente otorgó la Autorización Ambiental Previa a las empresas BOTNIA S.A y BOTNIA Fray Bentos S.A para su proyecto de planta de producción de pasta de celulosa blanqueada, terminal portuaria y zona franca a instalarse en el Departamento de Fray Bentos, sujeta al estricto cumplimiento de una serie de compromisos que se establecen en la resolución.

Un informe del Jefe de Gabinete de Ministros al Honorable Congreso de la Nación argentina de marzo de 2005, dice: "Conforme al Estatuto de la Comisión Administradora del Río Uruguay- CARU- ambas partes asumen la obligación de informar al otro país sobre cualquier proyecto o emprendimiento que se propongan llevar a cabo y que pueda tener un impacto sobre ambas márgenes del río. En base a eso, el reclamo oficial argentino, en relación con la instalación de las plantas de celulosa por parte de Uruguay, en las cercanías de la localidad de Fray Bentos, se dirigió a solicitar que Uruguay cumpliese con esta obligación. En febrero de 2004 el informe de los asesores de la CARU estableció que no habría un impacto ambiental sensible del lado argentino, estimando que ese impacto sería básicamente, los malos olores que habitualmente se desprenden de las plantas de celulosa y que podrían llegar a la margen argentina del Río Uruguay. En junio de ese mismo año (2004) se firmó un acuerdo bilateral por el que el Gobierno argentino puso fin a la controversia. Se trata de un acuerdo que respeta, por un lado el carácter nacional uruguayo de la obra, y por otro lado la normativa vigente que regula las aguas del Río Uruguay a través de la CARU. Asimismo supone una metodología de trabajo para las tres etapas de construcción de la obra: el proyecto, la construcción y la operación. Así se elaboraron procedimientos de control inclusivos sobre el Río Uruguay, lo que significa que se extenderán después de que las plantas comiencen a funcionar. Los controles sobre las dos plantas serán mayores de los que nuestro país realiza en sus propias plantas sobre el Río Paraná, a pesar de lo cual fueron aceptados por el Uruguay (las tecnologías que la Provincia de Entre Ríos le cuestiona al Uruguay son las mismas que se utilizan en nuestro país). Dichos controles serán llevados a cabo por un equipo que incluye técnicos de la Dirección Nacional de Aguas, del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y de la ciudad de Gualeguaychú."

Asimismo, una respuesta oficial de Cancillería argentina al diputado Juan Carlos Lucio Godoy, con fecha 19 de mayo de 2005, dice: " Tengo el agrado de dirigirme al señor Diputado Nacional con relación a su nota de fecha 13 de abril próximo pasado, relacionada con la puesta en funcionamiento de dos procesadoras de celulosa en la localidad de Fray Bentos. Al respecto, cumplo en transmitirle la siguiente información:

  1. Con relación al tema plantas celulósicas a instalarse en la localidad de Fray Bentos (R.O.U), los cancilleres dela República Argentina y de la República Oriental del Uruguay, llegaron a un entendimiento verbal que se produjo el 2 de marzo de 2004, por el que acordaron llevar el tema en cuestión al ámbito de la Comisión Administradora del Río Uruguay. En el mismo se adoptó una posición con relación a los mecanismos de control ambiental del Río Uruguay con respecto a la planta M`Bopicuá, que en ese momento era la única que contaba con autorización ambiental previa del Ministerio de Vivienda uruguayo. El Gobierno uruguayo se comprometió a remitir la información relativa a la construcción de la planta, y en relación a la CARU se le encomendó proceder a realizar un plan de monitoreo de la calidad de las aguas del Río Uruguay ejercido conforme a las previsiones del Estatuto del Río Uruguay, en especial su capítulo X, artículos 40 a 43.
  2. Con este motivo la CARU reanudó sus sesiones (suspendidas por siete meses al no haber contemplado Uruguay el procedimiento previsto en el artículo 7 del Estatuto del Río Uruguay), a los efectos de iniciar la negociación de los procedimientos de monitoreo de la calidad de las aguas del Río Uruguay, tomando como base adicional lo establecido en el Estatuto del Río Uruguay y en el Plan de Protección Ambiental del Río Uruguay firmado por los gobiernos locales de ambos países, el 29 de octubre de 2002, en la ciudad de Paysandú, y los programas de control de la contaminación ejecutados por la CARU desde el año 1987.
  3. Sobre esta base se redactó un Plan de Monitoreo de la calidad Ambiental del Río Uruguay en Áreas de Plantas Celulósicas, El Grupo de Trabajo encargado de negociarlo estuvo integrado por los asesores técnicos de la CARU pertenecientes a los organismos oficiales de la Argentina y de Uruguay. Estos son: Instituto Nacional de Medio Ambiente (DINAMA-ROU); Servicio de Hidrografía Naval (SHIN-RA); Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA-ROU). El Presidente de la Delegación argentina invitó a que integre el grupo de técnicos argentinos a asesores de la Provincia de Entre Ríos y del Municipio de Gualeguaychú, los que asistieron a todas las sesiones.
  4. En noviembre de 2004 el equipo de trabajo binacional concluyó la elaboración preliminar del Plan de Monitoreo de la calidad Ambiental del Río Uruguay en Areas de Plantas Celulósicas, y se acuerda la continuación estricta e intensiva de los programas de calidad de agua y control de la contaminación (PROCON), ampliándose los parámetros de daos y estableciendo nuevas estaciones de monitoreo en la zona de M´Bopicuá y Botnia. La acción del Plan de Monitoreo se centra en zonas de posible influencia de los emprendimientos mencionados y comprende la ejecución de acciones de monitoreo de CARU para la protección de la calidad de aguas, biota acuática y sedimentos del Río Uruguay, abarcando el estudio de la calidad de aguas y sedimentos, de las comunidades bentónicas y de las comunidades de peces.
  5. A la fecha ambos Gobiernos se encuentran avanzando en la conformación de un grupo técnico académico ad honorem, de estudio del impacto ambiental integral del área."

5. VOLUNTAD DE URUGUAY DE DIALOGO Y COOPERACION CON ARGENTINA

El 5 de mayo de 2005 los Presidentes Vázquez y Kirchner acordaron la constitución de un grupo técnico de alto Nivel (GTAN).

El 31 de mayo 2005 los Ministros de Relaciones Exteriores de Uruguay y Argentina, Reinaldo Gargano y Rafael Bielsa, emitieron un Comunicado conjunto en el que expresaron:
"Atento a lo acordado por los señores Presidentes de la República Argentina y la ROU, las Cancillerías de nuestros dos países constituyen, bajo su supervisión un Grupo de Técnicos para complementos de estudios y análisis, intercambio de información y de seguimiento sobre las consecuencias que sobre el ecosistema del compartido Río Uruguay tendrán el funcionamiento de las plantas de celulosa que se están construyendo en ROU sobre el Río Uruguay. El Grupo mencionado estará integrado por funcionario de las Cancillerías, funcionarios nacionales y/o provinciales, contando con el apoyo de la Universidad de la República y de la Universidad Nacional del Litoral, debiendo producir un primer informe en el plazo de 180 días."

El 22 de julio de 2005 en una reunión en la ciudad de Pilar, los Cancilleres de la República Oriental del Uruguay y de la República Argentina acordaron que el Grupo de Trabajo establecido por los señores Presidentes sobre seguimiento y análisis de impacto ambiental "se reunirá a la brevedad y emitirá su primer pronunciamiento dentro del plazo establecido de 180 días".

El 26 de julio de 2005 los Ministerios de Relaciones Exteriores de Argentina y Uruguay convocaron para el día 3 de agosto, en Montevideo, al Grupo Binacional designado por los Presidentes para analizar en forma conjunta el impacto ambiental que sobre el área tendrán las plantas de celulosa en construcción en la zona de Fray Bentos.

El 3 de agosto de 2005 se llevó a cabo la primera reunión del Grupo Técnico de Alto Nivel.

El mencionado Grupo mantuvo 12 reuniones.

El Grupo Técnico de Alto Nivel se ha reunido hasta el momento en doce oportunidades.

En estas reuniones se trataron los siguientes temas:

  • Proceso de producción
  • Emisiones líquidas
  • Emisiones gaseosas
  • Residuos sólidos
  • Evaluación del impacto ambiental y monitoreo
  • Evaluación del impacto socioeconómico
  • Análisis del borrador del informe encomendado por la Corporación Financiera Internacional (Banco Mundial) " Estudio de impactos acumulativos, Uruguay - Plantas de Celulosa ".

De acuerdo al mandato el Grupo debía realizar un informe para el 31 de enero de 2006 conteniendo los resultados de su trabajo.

A solicitud de Argentina, se decidió elaborar dos informes por separado, uno de la Delegación de Uruguay y otro de la Delegación de Argentina.Estos informes fueron entregados a los respectivos Cancilleres, quienes decidirán el futuro del Grupo y sus próximas instancias de reunión.

Es de destacar que en todo el proceso llevado adelante por el GTAN, Uruguay ha demostrado una total transparencia y su plena voluntad de cooperación. La Delegación uruguaya entregó a la Delegación argentina toda la información de la que disponía, inclusive copias de los expedientes completos de las empresas Botnia y Ence.

Se ha dado respuesta a todas y cada una de las inquietudes de Argentina.

Se invitó a técnicos designados por el Gobierno argentino para participar en la " Comisión de Seguimiento de los Emprendimientos ", creada por resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, así como a realizar visitas a las empresas, donde se pudiera mantener intercambios con funcionarios de las propias empresas, a fin de evacuar cualquier duda que pudiera existir respecto de los proyectos.

Estas propuestas no tuvieron una acogida favorable por la Delegación argentina.
Asimismo la Delegación uruguaya extendió una invitación a la Delegación argentina para la participación, dentro de la Comisión de seguimiento de los proyectos, prevista por las resoluciones ministeriales que otorgaron las autorizaciones ambientales a ambos proyectos.

Hasta el momento la Delegación argentina no ha accedido a esta invitación.

La Delegación uruguaya ha reiterado los criterios básicos de trabajo con los cuales ha desarrollado su accionar:

  • transparencia en la información
  • máximo nivel técnico posible en el abordaje de cada tema
  • disposición para considerar aportes de todo tipo a fin de poder mejorar el futuro desempeño ambiental de los emprendimientos
  • absoluto compromiso político en la prioridad de la defensa del ambiente y del rigor de todos los controles correspondientes, con activa participación local

6. INTERCAMBIO DE NOTAS ENTRE AMBOS GOBIERNOS

14 de diciembre - Nota de Protesta argentina

26 de diciembre - 2da. Nota de Protesta argentina

27 de diciembre - Nota ROU rechazando en todos sus términos la protesta

12 de enero - 3era. Nota argentina reafirmando la existencia de una controversias entre ambos gobiernos y la posibilidad de llevarla a la Corte Internacional de Justicia .

16 de enero - Respuesta uruguaya donde se reitera la nota del 27 de diciembre y se manifiesta la profunda la preocupación por los cortes de ruta, que impiden el traslado de personas y bienes entre ambos países en violación de la normativa del MERCOSUR.

7 de febrero - Nota uruguaya comunicando la petición de la Junta Departamental de San José para destrabar la retención ilegal de la Unidad de transporte de carga CAROS. SRL.

13 de febrero - Nota de Presidente Vazquez solicitando a su par argentino el levantamiento de los cortes ruta y el restableciemiento la libre circulación entre ambos países.

22 de febrero - Nota de la Ministra interina de Relaciones Exteriores de Uruguay al Canciller argentino, comunicando que el Gobierno uruguayo ha decidido plantear la controversia referida a la violación de la libre circulación en contravención a la normativa MERCOSUR ante el Tribunal Permanente de Revisión; y en la que se solicita el inicio de las negociaciones directas.

7. ACCIONES ARGENTINAS :

El 26 de junio de 2005 el Gobierno argentino envió una nota al Banco Mundial, solicitando no conceder crédito a Botnia. En reacción a esta medida, a la que calificó como una actitud inédita, el Gobierno uruguayo, el 30 de junio de 2005, comunicó por nota al Gobierno argentino la suspensión de la 1era. Reunión del GTAN, originalmente fijada para el 5 de julio. El grupo comenzó sus reuniones un mes después.

El 19 de setiembre de 2005, el Gobernador de Entre Ríos, Pedro Busti y otros residentes en la rivera argentina del Río Uruguay presentaron una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Ante el requerimiento de información por parte de la Comisión, Uruguay preparó una presentación con las respuestas correspondientes y se espera un pronunciamiento de la Comisión para el mes de marzo.

El 30 de octubre de 2005 el Gobernador de Entre Ríos realizó declaraciones acerca de "incentivos" recibidos por el Gobierno uruguayo. Uruguay llamó en consulta a su Embajador. Argentina hizo lo propio. El diferendo fue zanjado mediante explicaciones del Gobernador de Entre Ríos y una declaración argentina, que entre cosas, dice que : "está plenamente convencida de que las autoridades uruguayas no actúan motivadas por ningún otro incentivo que no sea el de su interpretación de la mejor defensa de sus intereses nacionales". La correspondiente declaración uruguaya sostiene: "El Gobierno uruguayo ha proporcionado la totalidad de la información al GTAN el día de la fecha".

El 26 de diciembre, en atención a que el señor Ministro de Relaciones Exteriores recordó que el Gobernador de Entre Ríos había realizado un Acuerdo de intenciones con una empresa para instalar una planta de celulosa en la zona de Concordia, el Gobernador de Entre Ríos calificó públicamente de "mentiroso" al Canciller uruguayo.

En enero de 2006, el Gobernador Busti firmó denuncias penales contra los dirigentes de Botnia y Ence. Estas denuncias fueron desestimadas por la Suprema Corte de Justicia argentina.

El día 23 de febrero, el Congreso de la Nación argentina avaló la decisión del Ejecutivo de llevar el caso a la Corte Internacional de Justicia.

8. CONCLUSIONES

Es voluntad del gobierno uruguayo brindar a la población un desarrollo social y humano pleno que tenga en cuenta la defensa y protección del medio ambiente. En base al reconocimiento del respeto del derecho de las personas y de las poblaciones afectadas por cualquier obra, a vivir en un medio ambiente sano y ecologicamente equilibrado, el derecho al reconocimiento de la salud y del derecho del desarrollo.

La instalación de las plantas de celulosa responde a una política de estado iniciada en el año 1987 con la aprobación de la Ley Forestal. Esta iniciativa de largo aliento no debería verse frustrada por un arrebato emocional de ciertos grupos ambientalistas que no alegan elementos científicos, sino que simplemente alegan una actitud de rechazo que es lesiva incluso para los propios intereses argentinos.

De los estudios de impacto ambiental realizados se desprende :

  • La calidad del agua del río cumplirá con lo que establece tanto la normativa nacional como la binacional. La afectación de la calidad del agua en toda la costa Argentina será indetectable.
  • La calidad del aire en todos los puntos sensibles cumplirá con lo que establecen los estándares adoptados. La dispersión atmosférica de los gases emitidos por ambas plantas operando conjuntamente indican concentraciones a nivel del suelo siempre inferiores a los estándares adoptados.
  • En la previsión de olores molestos, medidos como concentración de sulfuro de hidrógeno, se ha impuesto un límite que únicamente podrá superarse algunas horas por año. Este límite resulta en promedio 5 veces inferior al propuesto por la normativa adoptada y entre 5.000 y 10.000 veces menor al establecido por la Organización Mundial de la Salud como primer umbral de afectación ( irritación ocular).
  • Los ruidos debidos a la operación industrial cumplen con la normativa municipal correspondiente
  • La demanda anual de madera de ambas plantas asciende a 5 millones de metros cúbicos por año, por lo cual se requieren unas 330 mil hectáreas forestadas para abastecer a las plantas. La superficie forestada con eucaliptus supera las 470 mil hectáreas, por lo que la instalación de las fábricas de pulpa no requiere de superficie forestada adicional a la existente. Sin embargo, se prevé una forestación inducida en un radio de 200 km alrededor de las plantas por factores económicos.

Por estas razones, y de acuerdo al estudio realizado, el MVOTMA consideró que los impactos ambientales que generan con la instalación de las plantas de Celulosa de M'bopicuá y de Botnia no hacía inviables los proyectos.

Cabe destacar que no se ha producido, hasta ahora, ningún efecto dañoso como consecuencia del comienzo de las obras, ni se producirá tampoco ningún efecto de este tipo en el posterior proceso de construcción ni cuando estén en funcionamiento las plantas de celulosa, en virtud de las medidas adoptadas por Uruguay.

El Uruguay reitera su voluntad de diálogo pacífico, respetuoso y de buena fé para encontrar una solución mutuamente satisfactoria y técnicamente correcta que asegure la normalidad en la construcción de las plantas dentro del respeto de todas las normas ambientales, de forma de asegurar que no se producirá ningún efecto negativo .

El pleno respeto al Derecho Ambiental tanto interno como internacional es una preocupación fundamental y directa del Gobierno uruguayo, que va unida a su voluntad de promover el desarrollo productivo del país en beneficio de todos los seres humanos.

 
 
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