|
Las perlas de De los Santos
|
por Federico Casaretto |
|
|
Reiteradamente nos hemos referido a las múltiples violaciones a la Constitución y las Leyes que ha llevado adelante el Intendente de Maldonado Óscar Joe De los Santos Píriz y su administración, pero hoy queremos referirnos a una en particular.
Se trata de la flagrante y reiterada violación al artículo 289 de la Constitución de la República que reza lo siguiente: “Es incompatible, el cargo de Intendente con todo otro cargo o empleo público, excepción hecha de los docentes, o con cualquier otra situación personal que importe recibir sueldo o retribución por servicios de empresas que contraten con el Gobierno Departamental. El Intendente no podrá contratar con el Gobierno Departamental”.
Este artículo, que parece meridianamente claro, no lo ha sido para la administración De los Santos. Es así que reiteradamente, han alternado en el cargo de Intendente ante licencias del titular, ciudadanos inhabilitados para dicha función.
Uno de los casos, es el del actual Director de Tránsito del Municipio, que es un funcionario de carrera, que ingresó en el año 1993 y que actualmente por tener un cargo de particular confianza, ha puesto su cargo anterior en reserva.
De acuerdo al artículo 289, ningún Intendente puede ser empleado de UTE, o de ANTEL o del Banco de la República, pues mucho menos puede ser empleado del propio Municipio del cual él pasa a ser el jerarca máximo. Es juez y parte en la administración municipal.
Por suerte, ha primado la cordura de este ciudadano y se ha negado a cobrar sus haberes, reconociendo al menos el error.
Otro de los casos, aún peor que el anterior, es el del actual Secretario General del Municipio el Dr. Enrique Pérez Morad, quien por el cargo que ostenta así como por su pasado de legislador, debería conocer la Constitución de la República. Este ciudadano, es médico cooperativista de una institución médica de Maldonado, que contrata con el Municipio. Pero además el citado profesional desempeña actividades asistenciales percibiendo el salario correspondiente. Contumaz violación, por el lado que se lo mire. Ya sea por la prohibición como Intendente de contratar con el Gobierno Departamental, así como por el lado de recibir sueldo o retribución por servicios de empresas que contraten con el gobierno departamental.
Esta situación que se ha dado en una media docena de oportunidades, ameritó que -a solicitud de la Junta Departamental de Maldonado- interviniera el Tribunal de Cuentas , el que acordó que en las oportunidades en que el Dr. Pérez Morad ocupó el cargo de Intendente, los pagos efectuados por la Intendencia Municipal de Maldonado no se ajustaron a derecho por configurarse la incompatibilidad prevista por el artículo 289 de la Constitución de la República.
El dinero mal habido por este ciudadano asciende a la friolera de $ 396.567,26. Esto ha motivado una denuncia penal por parte de ediles nacionalistas por el “aparente” delito de conjunción del interés público con el privado. Es tragicómico, que el Intendente sea dueño de una empresa privada que cobra dineros de la Intendencia, o dicho de otra manera que el Intendente con dinero del Municipio le paga a su propia empresa privada.
Lo ridículo de todo esto, es que el Dr. Pérez Morad ha iniciado una denuncia por difamación e injurias en contra de los ediles que cumplen con el mandato constitucional de controlarlo. No es nuevo en Maldonado este procedimiento de denunciar a quienes controlan.
Evidentemente, detrás de todo esto hay una pésima Dirección de Jurídica municipal, que no le ha advertido a los distintos actores, primero que incumplen las leyes y en segundo lugar que tienen que corregir los errores y no andar haciendo papelones por los juzgados.
Por otro lado nadie se atreve a mencionar qué sucede con las resoluciones firmadas por estos jerarcas, dado que las mismas al estar signadas por un Intendente de facto, carecerían de validez.
Pero lo más lamentable es que el Intendente Óscar Joe De los Santos Píriz, ha respaldado a estos jerarcas, haciéndose cómplice de ellos y adjudicando como siempre a quienes lo controlan, una intencionalidad política. Con respecto a los dictámenes del Tribunal de Cuentas esto ha sido una constante, excepto cuando algún fallo le ha dado la razón.
No era falso el concepto que trasmitió hace algún tiempo referido a la existencia en nuestra jurisprudencia de “leyes burguesas” que podrían ameritar el incumplimiento de su parte.
Es por estas perlas y muchas otras, que atentan contra el estado de derecho que debe imperar en toda Democracia, que el Partido Nacional ha recurrido al mecanismo excepcional del Juicio Político, para impedir que ciudadanos como este, atropellen las instituciones y las leyes.
Estoy ansioso por ver cuál será la actitud de los Senadores del gobierno a la hora de actuar como jueces, si se mantendrán en la firme defensa de las leyes, o si por el contrario serán cómplices de estos malos gobernantes.
|