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Año V Nro. 295 - Uruguay,  18 de julio del 2008   
 

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Alem García
Astori, Mujica y la corrupción
por Alem García
 
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¿Lucha contra la corrupción o puja por la candidatura?
¿Será eficiente el método a aplicar o una forma de enterrar la mugre, para que no salpique demasiado?


          Por el diario El País (9 de julio) nos enteramos que “El ministro Danilo Astori anunció ayer la creación de una comisión de notables que recibirá denuncias de corrupción en Aduanas y luego aconsejará o no su presentación a la Justicia. La decisión generó malestar dentro del organismo aduanero.

          “Tenemos mucha esperanza que esto nos ayude a tener una Aduanas fuerte institucionalmente, íntegra, transparente y libre de corrupción", dijo ayer el secretario de Estado en una conferencia de prensa realizada en el Ministerio de Economía.

          Flanqueado por el subsecretario de Economía, Mario Bergara, y el director de Aduanas, Luis Salvo, Astori anunció que esta comisión de notables estará integrada por el ex presidente de la Suprema Corte de Justicia, Gervasio Guillot; el presidente del Supremo Tribunal Militar, general (R), Julio Halty; el ex senador del Frente Amplio, Walter Olazábal, y el abogado José Pedro Montero.

          “(Esta asesora) se conformará con ciudadanos de indiscutible probidad ética y trayectoria ciudadana individual que, honorariamente, van a prestarnos su concurso para ayudarnos en la realización de este trabajo", dijo Astori.

          Los cometidos de la "Comisión Para la Transparencia del Proceso Aduanero" son: recibir denuncias sobre ilícitos en el organismo de contralor; analizar hechos y actividades vinculadas a Aduanas y clasificar las imputaciones para luego proponer su eventual presentación ante la Justicia.

          En un corto discurso, Astori se refirió a las situaciones de corrupción surgidas a partir del miércoles 28 con el procesamiento con prisión por coimas de nueve aduaneros que revistaban en el aeropuerto de Carrasco.

          Aunque el jerarca ministerial no se refirió en forma puntual al tema, también sobrevolaron la conferencia de prensa de Astori y Salvo las denuncias presentadas por una persona al senador del MPP José Mujica y que éste elevara al presidente Tabaré Vázquez”.

          Demás está decir, que aplaudimos fervorosamente toda acción que sea efectiva y seria a efectos de combatir la corrupción.

          Pero, nos causa asombro la forma que se utiliza para eludir los normales procedimientos que impone la Constitución y la ley, precisamente, para combatir los hechos delictivos.

          ¿Desde cuándo es el Presidente de la República el que debe encargarse de recibir y de decidir qué asuntos van y cuáles no, al poder del estado que verdaderamente tiene la competencia de juzgar?.

          ¿Está bien que un Senador, en vez de ir directamente a la Justicia, concurra al despacho del Presidente con evidencias o pruebas de hechos de corrupción en oficinas del Estado?.

          ¿Acaso el Presidente tiene la facultad de calificar previamente, qué asuntos tienen que derivarse al Juzgado competente y cuáles no?.

          Las respuestas a estas interrogantes son obvias: la Constitución de la República no le atribuye al Presidente ni al Poder Ejecutivo, facultad alguna respecto al ejercicio de la justicia. Es el Poder Judicial quién, en forma exclusiva y excluyente, tiene la obligación y el derecho respecto al ejercicio de la justicia en todo el territorio nacional.

          En consecuencia, un Senador y el Presidente, aún con la mejor intención, están apartándose de los procedimientos impuestos por el orden legal. Dicho de otra forma, de hecho, están ignorando incuestionables preceptos de la Constitución de la República.

          Ahora, aparece el Ministro Astori, creando una comisión integrada por notables, a quiénes el Secretario de Estado, por sí y ante si, dispuso atribuirles la potestad de determinar qué hechos son delitos y cuáles no.

          Increíble. Otro grosero apartamiento de claras disposiciones constitucionales.

          Es indiscutible que ni por resolución ministerial ni por decreto del Poder Ejecutivo, puede crearse una comisión que, de una u otra manera, desarrolle una actividad que es competencia exclusiva y excluyente del Poder Judicial.

          ¿Cómo una comisión creada por un Ministro va a determinar qué hechos son delitos y cuáles no?.

          ¿No es más fácil que los jerarcas de las reparticiones estatales pongan en conocimiento del Juez competente aquellos hechos que, eventualmente, puedan ser delitos?.

          La idea que ha surgido en la mente del Sr. Ministro Astori, casi como solución mágica, lejos de ser eficiente para combatir la corrupción, puede llegar a causar, exactamente, el efecto contrario; pues, funcionarios y jerarcas del Estado, en conocimiento de hechos de corrupción, no se atreverán a concurrir directamente a los estrados judiciales, ya que ahora tendrán el filtro de esta comisión.

          ¿El Poder Judicial y la Suprema Corte de Justicia no tienen nada que decir sobre esta violación de la Constitución que invade sus propios fueros y competencia?.

          ¿La Asociación de Magistrados del Uruguay y el Colegio de Abogados no tendrán, también, que expresar su parecer respecto a tan trascendente asunto?.

          El Sr. Ministro Astori ha puesto un fuerte filtro que contendrá hechos que deberían ir, sin más, directamente a la Justicia.

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