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Seguridad Nuclear y radiológica en la región
ROL DEL OIEA Y OTROS
ORGANISMOS REGIONALES
* Dra. Diva E. Puig
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El OIEA trata de aumentar la capacidad de los Estados Miembros para proteger sus instalaciones y materiales nucleares, almacenamiento y transporte contra actos de terrorismo nuclear , fortaleciendo la capacidad de los Estados Miembros para evaluar la vulnerabilidad de sus instalaciones ante posibles actos maliciosos, desarrollando metodologías para identificar áreas vitales, recopilando información, análisis y evaluación, diseminación de información , intercambio de información con otras organizaciones internacionales.
Los Estados han aumentado significativamente su adhesión a instrumentos internacionales así como la implementación de los mismos como la Convención de Protección Física de Materiales Nucleares y Recomendaciones del OIEA.
También el OIEA ayuda a mejorar las medidas nacionales de seguridad con respecto a materiales radiactivos para aquellos casos de fuentes que puedan eventualmente quedar fuera del control regulatorio , por ejemplo localizando y asegurando fuentes huérfanas.
Todo el material nuclear en los Estados Miembros del OIEA está apropiadamente contado y controlado, y esa información está actualizada. Ello está establecido como obligación para los Estados Miembros ya sea a través de los Acuerdos de Salvaguardias, de la Convención de Protección Física de Materiales Nucleares, acuerdos bilaterales, o instrumentos técnicos y administrativos para contar el material nuclear.
Hay que mejorar el entendimiento público sobre qué es una bomba sucia y cómo la comunidad internacional está abordando la amenaza.
La Seguridad en el Hemisferio tiene como base fundamental el respeto a los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Carta de la Organización de los Estados Americanos.
También ha sido un hito a destacar la Declaración sobre Seguridad en las Américas, aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 28 de octubre de 2003.
A nivel del MERCOUR, el Consejo del Mercado Común, aprobó el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional MERCOSUR /CMC/ DEC. No. 22/99: Optimizar los niveles de seguridad comunitaria ante hechos delictivos en general, y en particular los que trasciendan las fronteras, sobre la base de: la asistencia recíproca entre los Organismos de Control y las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales, mediante el intercambio de información , la cooperación y coordinación para el desarrollo de actividades operativas y de control de manera simultánea, el establecimiento de los medios materiales necesarios para el ejercicio del accionar policial, mediante la implementación de sistemas informáticos y de comunicaciones, la utilización racional de los recursos humanos disponibles mejorando su capacitación a través de la relación entre distintos Organismos de Control y las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales así como el intercambio de experiencias entre ellos .
El Plan General constituye el documento rector que orientará y regulará, de conformidad con la legislación interna de cada Estado Parte o Asociado, la actividad de las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales y Organismos de Control comprometidos en la ejecución y en su necesaria lucha para optimizar los niveles de seguridad en todo el territorio de la región.
No constituye un obstáculo para otros acuerdos bilaterales entre los Estados Parte y Asociados.
La ejecución del Plan General se materializará por medio de acciones concretas que deberán ejecutar los distintos organismos intervinientes de los Estados Parte y Asociados, en el marco de sus respectivas competencias y jurisdicciones, de la mejor manera y en el más breve plazo posible.
Las Secciones Nacionales asegurarán el cumplimiento de las acciones que se encuentran bajo responsabilidad y competencia de los Organismos de Control y de las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales.
La Subcomisión de Seguimiento y Control ejercerá, en forma periódica, la supervisión de las distintas acciones implementadas, con el fin de evacuar su desarrollo y proponer, de ser necesario y por vía de la Comisión Técnica, nuevos modos de acción, a los efectos de asegurar su cumplimiento.
MERCOSUR /CMC/DEC No 12 /00: Complementación del Plan de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional en Materia de Tráfico Ilícito de Material Nuclear y Radiactivo.
En el marco de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), los países miembros acordaron, mediante la Declaración de San Francisco de Quito de julio de 2004, el "Establecimiento y desarrollo de la Zona de Paz Andina", contribuyendo al desarme internacional y a la efectiva proscripción de las armas de destrucción masiva - nucleares, químicas, biológicas y toxínicas - y su tránsito por la subregión.
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