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Colonización y la tierra
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| por Luis Alberto Lacalle Herrera |
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El parlamento ha votado una ley referida a la actividad del Instituto Nacional de Colonización y a la propiedad de la tierra en general, que merece un comentario. La tierra es un bien único, limitado. Su propiedad y explotación tienen características especiales y por ello la acción del poder político respecto de ella siempre está rodeada de características distintas. No se reacciona igual frente a la propiedad de la tierra que frente a la propiedad de las industrias o las sociedades comerciales. Es preciso intentar desmitificar el tema, acercarse a él con naturalidad, ubicarlo en su debida dimensión.
En función de lograr el acceso a ese bien para su explotación, el país creó el Instituto Nacional de Colonización, destinado a facilitarlo a los que no lo tuvieran. Durante más de sesenta años este organismo ha fundado varias colonias, con resultados mixtos. Algunas colonias prosperaron, otras están en un estado lamentable de abandono. Es natural que así ocurra porque la naturaleza humana es despareja. Basta ver un barrio de MEVIR a los dos años de su inauguración: hay casas prolijas, con frutales y flores, las hay convertidas en baldíos. Pero creemos que muchas veces ese mal resultado se debió a un concepto primitivo de la colonización agraria, consistente en creer que alcanza con repartir pedazos de tierra para llevarla a cabo. Sin asistencia técnica para las producciones intensivas que son las que justifican y potencian los predios menores, los colonos y sus familias naufragan en los escollo del BROU y de la escasa producción.
El tema no pasa por ahí, sino que creemos que la prioridad de este INC es ayudar a los minifundios pecuarios donde, como muy bien dice el Ministro Mujica, está la familia rural que hay que salvar y afincar.
Pero la ley que comentamos no sólo reitera la facultad de primera opción de compra que el Instituto Nacional de Colonización ya tiene, sino que habilita el desmembramiento de los establecimientos en venta y permite pagar a precio de catastro las tierras expropiadas.
Inconstitucional en cuanto al precio, pues se viola el artículo 32 de la carta fundamental, inconveniente en cuanto a que rebanar un 20% de un establecimiento puede implicar la destrucción de una unidad productiva. Las modificaciones de Cámara de Diputados demuestran una ignorancia de la realidad del campo que asombra.
Lo que hace realmente falta y que es lo que el proyecto original pretendía, es que el más grande propietario de tierras del país, que es el Estado, facilite las mismas para incorporar nuevos productores. Todo lo demás es un zafarrancho que mala propaganda le hace a la pretendida voluntad de atraer inversiones que el gobierno publicita. Hay que modificar esta ley antes de que haga daño….
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