Reformas en la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios
La Ley 20.410, promulgada recientemente en julio, introduce cambios cruciales en la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) con el objetivo de garantizar su estabilidad financiera a futuro. Esta normativa aborda tanto la estructura de ingresos como de egresos de la institución, y busca mejorar las condiciones para sus afiliados, incentivando así un aumento en el número de inscripciones.
Modificaciones en las contribuciones y beneficios
Entre los cambios más significativos se encuentran la introducción de dos nuevas escalas de sueldos fictos. La primera, con 10 categorías, está destinada a aquellos que obtuvieron su título antes del 1 de enero de 2026. La segunda escala, con 15 categorías, será aplicable a los profesionales que se gradúen a partir de esa fecha. Esta nueva estructura permite ascensos de categoría cada dos años en lugar de tres, lo que mitiga el impacto de los incrementos en las contribuciones. Además, si las tasas de contribución aumentan, los afiliados tienen la opción de mantener su nivel de pago eligiendo una escala reducida prevista en la ley.
En un esfuerzo por facilitar la jubilación activa, la ley permite que los profesionales que se jubilen a los 70 años o más puedan continuar ejerciendo y aportando sobre el monto de su jubilación, aunque estos aportes no contarán para futuras reliquidaciones. Aquellos de 65 años en adelante con al menos 30 años de servicio podrán seguir trabajando sin necesidad de realizar aportes adicionales.
Incentivos para la reincorporación y reducción de costos
La reforma también contempla medidas para los profesionales que, a partir del 1 de agosto de 2025, se encuentren en situación de no ejercicio. Estos podrán reincorporarse a la Caja aportando por la categoría en la que estaban o una inferior, siempre que no sea menor a la segunda de la escala de 10, y tienen hasta 180 días para hacerlo. Adicionalmente, se proporciona la posibilidad de declarar ejercicio libre de la profesión por períodos mínimos de tres meses sin incurrir en gastos administrativos, beneficiando a aquellos con actividad profesional intermitente.
Mejoras en los subsidios de maternidad, adopción e incapacidad
La ley mejora sustancialmente los subsidios ofrecidos en casos de maternidad, adopción e incapacidad. El período de beneficio para maternidad o adopción se extiende de 90 a 98 días, y en situaciones de embarazos múltiples o nacimientos prematuros de bebés de menos de 1,5 kilos, el plazo se amplía a 126 días. Además, el monto del subsidio ahora se equipara al 100% del sueldo ficto de la categoría correspondiente.
Para el subsidio por incapacidad temporal, se reduce la certificación médica mínima requerida de 30 a 15 días, y el beneficio puede extenderse hasta dos años. El monto del subsidio será del 70% del promedio de los sueldos fictos de los últimos seis meses si la incapacidad dura hasta 90 días, aumentando al 100% a partir de entonces.
Aporte estatal para la sostenibilidad financiera
Por primera vez, el Estado desempeñará un rol activo en la financiación de la CJPPU para asegurar su sostenibilidad a largo plazo. Se han programado desembolsos estatales de $1.308 millones hasta finales de 2025 y aproximadamente $2.700 millones en 2026, con una transferencia adicional extraordinaria de hasta $1.662 millones entre 2025 y 2027. Estos fondos son cruciales para fortalecer las finanzas de la Caja en un momento de importantes transformaciones estructurales.
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Javier Fernández es un economista de campo, apasionado por el análisis de las tendencias macroeconómicas en Uruguay y a nivel mundial. Descifra para usted los indicadores clave — PIB, inflación, desempleo — y explica su impacto en su vida diaria. Su enfoque pedagógico y preciso hace la economía accesible para todos.