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No preguntes lo que tu país te puede dar, sino lo que tú puedes darle a él.
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Año V Nro. 401 - Uruguay, 30 de julio del 2010 |
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Días atrás la Universidad de la República, cerró un debate acerca de la Reforma de la Ley Orgánica de la Universidad de la República. Reforma que ha sido estudiada en el Consejo Directivo Central, en la Asamblea General del Claustro, en las Agrupaciones Universitarias, en los Consejos de las distintas Facultades y en los distintos órdenes del foro académico universitario. Como producto de ello, fue elaborado un anteproyecto de Ley Orgánica de la Universidad, que ha sido sometido a consideración de todos los órganos de la Universidad, así como a todas las agrupaciones universitarias. Dicho proyecto será estudiado por todos los actores, y pretende convertirse en el principal insumo para su posterior tratamiento en el Parlamento, quien será el encargado de darle forma a la tan deseada reforma de la ley orgánica. Ahora bien, lejos de manifestar el apoyo o rechazo al anteproyecto mencionado, creo conveniente señalar nuestra discrepancia con algunos puntos que plantean dudas. En primer lugar, el anteproyecto prevé que se reduzca la cantidad de miembros del Consejo Directivo Central (C.D.C.), que pasaría a estar integrado por el rector, seis miembros designados por la Asamblea de la Universidad y cinco miembros designados por los servicios académicos. El problema se genera en el hecho de que los representantes de los servicios académicos, deberán ser elegidos por las distintas facultades o servicios, Esos representantes serán electos por los Consejos de las Facultades, quienes podrán votar por un miembro de éstos o por el Decano o Director, en el primer caso por mayoría de dos tercios y en el segundo, bastará la mayoría simple. Ahora bien, lo que la ley no dice es la forma en que se dirimirá la votación; o dicho de otro modo, no se prevé si habrá asociaciones por ramas o afinidad de carreras, a efectos de poder designar a los representantes. En segundo lugar, y a iniciativa de la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay y por sugerencia de la Dirección General de Jurídica de la Universidad, se ha introducido una norma que prohíbe a quienes desempeñen u ocupan cargos de responsabilidad en la Udelar trabajar en las universidades privadas. Se consideran cargos de responsabilidad a los integrantes del C.D.C. y de los Consejos de Facultades o Institutos, al rector, decanos y titulares de las distintas cátedras. La salvedad está hecha a efectos de naturaleza análoga, es decir, no se puede ser Rector o miembro de los Consejos de Facultades de la Udelar o de las Universidades privadas. Pero la preocupación viene dada por los docentes de la Universidad que son titulares de cátedras, es decir por los Profesores Titulares o Grados 5, conocidos como catedráticos, que ostenten también esa calidad en las Universidades privadas. Sucede casualmente, que los catedráticos de la Udelar, también llegan a ser catedráticos en Universidades privadas, con lo cual no sólo dan prestigio a dichas universidades sino que también engrandecen a la Udelar. Pero quienes estamos en la Universidad sabemos que existen algunos mecanismos, tendientes a que esta posibilidad de que docentes que tienen activa participación tanto en la universidad pública como privada, lo que les ha permitido llegar a ser destacados profesores en sus respectivas materias y carreras, llegado el momento de concursar para el cargo de Profesor Titular, es casi imposible que lleguen. Y esto se debe a que quienes creen que para ser Profesor Titular de la Udelar, deben ser exclusivamente docentes de la Udelar, están de acuerdo con ello. Pero para que eso fuera así la Universidad de la República debería mejorar la relación que hay entre las horas docentes y su remuneración. La exclusividad debería ir acompañada de una mejor remuneración. Se nos dirá que para ello se necesita mucho más presupuesto, que el actual no alcanza, y que por eso es necesario el 6 por ciento para la educación, con el fin de que se aumenten los fondos para ello. No es necesario establecer incompatibilidades que hagan que los docentes que se encuentren en la situación se vean obligados a renunciar a la Universidad privada o a la pública, máxime cuando algunos lo han hecho por el orgullo y el placer de poder dar clases en la Universidad. Esperemos que el proyecto final que se eleve a consideración parlamentaria, para poder seguir con este análisis. Compartir este artículo en Facebook © Jean Paul Tealdi
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