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No preguntes lo que tu país te puede dar, sino lo que tú puedes darle a él.
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Año V Nro. 404 - Uruguay, 20 de agosto del 2010 |
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La expresión “chicana” es de uso corriente en los ámbitos judiciales, como referencia a las distintas formas a las que se recurre con el propósito de postergar indefinidamente la resolución de un juicio o el cumplimiento de alguna medida de carácter jurisdiccional. Se trata de la implementación o la utilización de herramientas que no están prohibidas por la ley, pero que en el fondo no son prácticas bien miradas en atención al fin dilatorio que generalmente persiguen. El termino me vino a la memoria hace poco días, cuando leía la ya recurrido noticia de que el Frente Amplio, y ahora el gobierno que se ha sumado a esa práctica a través del Ministro Almagro, busca una nueva forma de hacer algo con la ley de Caducidad. A pesar de que la norma fue dos veces plebiscitada y en ambas oportunidades ratificadas por la voluntad popular; no obstante que la más reciente de esas decisiones fue hace ocho meses, ya están tratando de inventar alguna nueva herramienta que les permita continuar “chicaneando” con dicha ley. Por supuesto, como lo han hecho las más de las veces, no todos porque hay gente que está actuando de muy buena fe, pero sí buena parte de la dirigencia política de esa fuerza, con el propósito de ver que réditos electorales nuevos, vale decir que se sumen a los ya obtenidos, pueden alcanzarse. Primero, y con todo derecho, juntaron las firmas para plebiscitarla. Veinte años después, pretendieron incorporaron una norma a la Constitución que dispusiera su anulación, y ahora estarían estudiando la posibilidad de aprobar una ley interpretativa de la Constitución de la República, más específicamente del artículo 72, ya no se sabe bien si para derogarla, anularla, o dejarla en suspenso. La pregunta que fluye naturalmente, hasta de parte de aquellos que no tienen conocimientos jurídicos, es por qué el Frente Amplio, que ya hace seis años dispone de mayorías propias en el parlamento para promover su derogación, no lo ha hecho. A lo que la respuesta es muy simple; más vale una buena chicana que un punto final, porque con la chicana se puede seguir postergando la discusión del tema, porque en realidad no están verdaderamente interesados en un tema de principios, sino en ver en todo tiempo, que ventaja electoral pueden obtener. Pero ahora la cosa se empieza a complicar más, porque comienzan a suceder algunas cosas que en más de una oportunidad, al menos quien estas líneas escribe ha hecho, hemos alertado sobre el peligro que puede significar la modificación sin los estudios correspondientes, aún en los casos en que se hace de buena fe, de una norma penal. En el derecho penal existe un principio que forma parte de nuestra historia judicial, por su presencia permanente, que es el principio de la ley más benigna. Esto significa que cada vez que se aprueba una norma más beneficiosa para el “Reo” que las ya existentes, ésta se le aplica. Y también es verdad en el derecho penal, que buena parte de las normas, en virtud de esos principios, tienen carácter retroactivo. Quiere decir que al derogar o anular una ley penal, si es que este último procedimiento existe, se pueden disparar un conjunto de consecuencias absolutamente imprevisibles, que vayan incluso en contra del propósito que inspira la modificación y que termina sorprendiendo la buena fe de quienes con sanas intenciones, pusieron su firma o su voto para tal propósito. Cuidado, entonces. Compartir este artículo en Facebook © Francisco Gallinal para Informe Uruguay
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