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Como te digo una cosa, firmo por la otra
por Dr. Marcelo Gioscia Civitate
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Tal vez no exista en nuestro país una norma jurídica que haya producido tanta controversia, así como manifestaciones de voluntad popular e institucional para mantener su vigencia. Me refiero concretamente a la Ley No.15.848, también denominada “Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado” y para quienes la impugnaron ayer y hoy intentan anularla: “Ley de Caducidad” o “Ley de Impunidad” a secas.
Pese a que este tema de los excesos cometidos en tiempos de la dictadura, debiera estar superado por otros urgentes problemas que nos acucian (inseguridad ciudadana, aumento del consumo de drogas, deserción escolar, pérdida de calidad de la enseñanza y pobre desempeño de nuestros educandos, dependencia energética, altísimo costo del Estado y continua emigración de población joven), seguimos no obstante anclados en el pasado, sin apostar a proyectar y construir el porvenir.
Cabe señalar que, luego de más de 11 largos años de dictadura, la Ley que nos ocupa junto a la de Amnistía de los Presos Políticos y a la Ley de Recomposición de la Carrera Administrativa y Reforma de Cédulas Jubilatorias de quienes habían sido destituidos por el régimen de facto, fueron las soluciones jurídico-administrativas que se entendieron permitirían recomponer poco a poco, las heridas ocasionadas en aquellos oscuros años de la sociedad uruguaya.
Obsérvese además, que todas estas leyes, fueron votadas en un régimen democrático, por parlamentarios electos legítimamente por la ciudadanía, con las mayorías que la Constitución exige. Y en especial, la Ley 15.848 fue sometida a Referéndum (consulta popular que la Constitución establece para ratificar o no las leyes) logrando un buen margen de aprobación. No conformes con este resultado, que debiera haberse aceptado aunque más no fuera, por el mínimo principio de seguridad jurídica, sus detractores tramitaron su inconstitucionalidad y tampoco la Suprema Corte de Justicia en fallo dictado en mayoría, acogió tal pretensión.
Nuestra Constitución no establece la anulación de las leyes. Estas, en nuestro orden jurídico se derogan, no se anulan.
Se pretende con este gobierno y pese a la declarada voluntad del Sr. Presidente de la República de mantener la vigencia de esta Ley (con la cual se ha llegado a procesar penalmente a civiles y militares que actuaron en aquella época), llegar a las firmas que habiliten una nueva consulta popular a través de un plebiscito, para modificar la Constitución y anular dicha norma, esto es, para hacer de cuenta que no ha existido nunca. Pese a que tiene más de veinte años de vigente. Un verdadero contrasentido.
Recientemente, el Senador José Mujica, líder del MPP ha anunciado con su particular estilo (argumentó estar “podrido” de ir a los juzgados) su apoyo a la recolección de firmas para “anular” la Ley que antes, dijo mantendría.
Nadie duda que Mujica con su publicitada decisión, buscó no sólo promover la recolección de firmas, sino por sobre todo, tomar distancia y diferenciarse del Dr. Tabaré Vázquez y de su preferido candidato presidencial el Cr. Danilo Astori. Máxime cuando algunos sectores que lo apoyan, le requieren que sea él, quien encabece la fórmula.
No olvidemos que Mujica fue quien expresó antes de que el Frente Amplio llegara al poder, que “se abrazaría hasta con una serpiente” con tal de ganar, por lo que no le será difícil sostener lo del título: “como te digo una cosa, firmo por la otra”.
De coherencia y responsabilidad ni hablamos, pues en definitiva, todo vale con tal de lograr mantenerse en el poder.
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