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Año I - Nº 42 - Uruguay, 5 de Setiembre del 2003

El País Real. Los Mitos y el Cambio Posible
¿La ley del delito de usura, o la ley que la legaliza?
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LEY 17569 APROBADA EL 22 DE OCTUBRE DE 2002

¿La ley del delito de usura, o la ley que la legaliza?

El Sr. Salomón Lakierovich preside la recientemente creada Asociación Nacional de Acreedores Privados (ANAP), y es lógico que defienda sus derechos, aún a riesgo de caer en un corporativismo como tantos otros que hay en el país. La ANAP tiene derecho a hacerse oír, pero el problema no se agota ahí, ni todos los acreedores son buenos, ni todos los deudores son malos.

En la edición del 27 de junio pasado se incluyó en la Revista Caras y Caretas una entrevista al flamante presidente de la Asociación Nacional de Acreedores Privados (ANAP), Sr. Salomón Lakierovich, y es a propósito de sus declaraciones que queremos hacer algunas puntualizaciones.

DERECHO A ASOCIARSE Y UTILIDAD DE LOS PRÉSTAMOS
En principio debe quedar muy en claro que todos los ciudadanos de este país, tenemos el derecho constitucional de asociarnos, con lo cual está fuera de discusión la legitimidad de los acreedores privados a reunirse en una asociación.
El problema no está en las asociaciones bien entendidas, sino en las corporaciones, o en los corporativismos, donde se dice "solo nosotros somos los buenos, los demás (los que no están con nosotros) son todos malos". Esa frase resume lo que en mi concepto es el corporativismo perverso, donde equivocadamente se traza una línea divisoria, de un lado los buenos, y del otro los malos, como si hubiera un sector de la sociedad que está libre de culpas como para tirar la primera piedra, ni muy muy, ni tan tan.
De las palabras del presidente de la ANAP se infiere que esta asociación está al borde de entrar (si ya no lo está) en una actitud corporativista, que separa a los buenos de los malos, o al menos esa sensación queda luego de leer la siguiente frase del Sr. Lakierovich: "Hay dos tipos de prestamistas, los documentados y los indocumentados, los que utilizan la vía de la prenda o hipoteca (Nos preguntamos: ¿los buenos?), y todos los demás (¿los malos?), los del casino, los que descuentan cheques, los que prestan contra depósito de títulos inmobiliarios sin inscripción en el registro".
También, nobleza obliga a reconocer, que los préstamos son un instrumento útil, máxime en una economía como la nuestra, donde el sistema bancario se ha visto muy comprometido en los últimos meses. No es nuestro interés descalificar el préstamo (ni a los prestamistas) como instrumento financiero, son necesarios (en eso estamos de acuerdo con el Sr. Lakierovich), pero esa utilidad que ostenta no puede llevar a corporativismos, ni a decir que todos los préstamos están siendo instrumentados de la mejor manera, todos sabemos que "hecha la ley, hecha la trampa", además, por lo general, el imaginario colectivo es mucho más veloz que el Poder Legislativo. Si bien está mal decir que todos los préstamos son ilegales (principalmente por las tasas de interés, configurando el delito de usura), también está mal (y es señal de corporativismo, o al menos de exageración) afirmar que "En los negocios de prenda o hipoteca no existe la usura", todos los absolutismos son malos, y las generalizaciones también.
Hay una corta frase que nos lleva a pensar que los buenos prestamistas están de un lado de la línea, y los malos del otro, al decir: "En la ANAP no existe la usura". Tal vez es así, pero difícil de asimilar en un país caracterizado por la "viveza criolla", y significa un desafío muy grande que asume el presidente de la ANAP al hacer una afirmación de este tipo, ya que supone un conocimiento casi personal con cada uno de los socios para afirmar esto categóricamente, y dar fe de su buen y legítimo accionar.

LA DIFERENCIA ENTRE LO FORMAL Y LO INFORMAL
"La usura campea en el sector informal", afirmó el Sr. Lakierovich, otra demostración que separa tajantemente a los buenos y a los malos.
Ahora, nos preguntamos dónde está el límite entre lo formal y lo informal en el sector créditos particulares. No se puede decir que los formales son sólo los que constituyen garantías reales, prendas e hipotecas, y todos los demás son informales, y hasta usureros. No se puede afirmar que todos los que prestan dinero documentando la obligación en un vale, o reteniendo los títulos de propiedad como garantía, son malos, y mucho menos usureros; en todo caso el hecho de no constituir prenda ni hipoteca resulta una práctica más económica para el deudor, y el más perjudicado es el acreedor que no tendrá garantías reales.
No hay dudas que en la prenda y la hipoteca es más difícil que haya usura, pero no imposible. Claro, nadie va a ser tan ingenuo (o nabo, como dice Lakierovich) de establecer en un contrato de hipoteca o de prenda un interés que configure usura, siendo que ese documento -como bien lo dice el presidente de ANAP- cuenta con intervención notarial, y ningún profesional con dos dedos de frente se arriesgaría a establecer allí un interés de usura. Además el documento queda registrado, lo cual le da publicidad, y configura una prueba casi absoluta de cuál es el interés cobrado. Pero la realidad nos dice que en muchos casos se documentan "intereses extra" en un vale, o en un conforme, que no requiere intervención notarial, ni se registra. Si sumamos los intereses que figuran en el contrato de prenda o hipoteca al monto que figura en el vale sin dudas podríamos estar frente a un interés de usura, claro ¿quién podrá probarlo? siendo que el vale o conforme, legalmente constituye una obligación independiente según lo establece la ley 14701 de títulos valores. Que quede claro que no se pueda probar judicialmente, no quiere decir, de ninguna manera, que no exista la usura. Reiteramos, no es en todos los casos, tal vez en los menos, pero que es posible, y de hecho ha pasado, no hay dudas.

NO ES UN PROBLEMA DE IGNORANCIA
Según el presidente de la ANAP "un tipo que tiene una propiedad de 100 mil dólares no puede ser ignorante", como queriendo decir no "es fácil engañarlo, porque no es ignorante, sabe lo mismo que sabemos nosotros los prestamistas". Es muy posible que sea así, pero la cuestión es que no estamos ante un problema de ignorancia, estamos ante una situación donde el deudor firma lo que le propone el acreedor (aunque sea totalmente legal), y no tiene margen de maniobra, porque sencillamente estos préstamos particulares (en la inmensa mayoría de los casos) configuran lo que en la jerga jurídica se conoce como "contratos de adhesión", donde una de las partes pone las condiciones y la contraparte firma o no, pero no tiene opciones de cambio, no estamos frente a contratos donde hay oferta, y contraoferta, hay sólo oferta (por parte del futuro acreedor) y aceptación o rechazo (por parte del futuro deudor).
Es cierto que el deudor se puede asesorar con su escribano, y que posiblemente no sea un nabo como dice el Sr. Lakierocih, pero no pasa por tener el mejor escribano, o por ser un nabo o un vivo, pasa porque ese deudor, que recurre a contratar un crédito a un acreedor privado, ya no tiene opción, si el interés es alto, o el plazo corto, no le queda otra, si quiere el dinero tiene que firmar sí o sí. Lo reconoce el propio Lakierovich al decir "El que va a hipotecar una casa es porque precisa plata, tiene dos caminos: o "revienta" (vende muy barata) la casa y agarra lo que le den, o va a pedir una hipoteca de 15 o 20 mil dólares, la paga en un año o dos y se acabó la historia". Es claro, no estamos frente a un contrato donde las dos partes están en situación de igualdad para negociar, ya que uno (el acreedor) sabe que si no le presta a ese, mañana le prestará a otro, o en el peor de los casos tiene el dinero en el banco y algo está ganando por esa colocación, mientras que el otro (el deudor) ya llega sin aire, sin opciones, o hipoteca o "revienta" la casa; aunque no sea un nabo está en un laberinto sin salida.
"Hoy día está demostrado que lo bueno es la libre (¿?) contratación", dijo el presidente de la ANAP, ¿De qué libre contratación se está hablando, si tenemos en cuenta las diferencias entre las dos partes contratantes, y sin dudas estamos frente a un contrato de adhesión?.

¿EL DELITO DE USURA O LA LEGALIZACIÓN DE LA USURA?
El presidente de la flamante asociación dice que muchos proyectos de ley (que él considera demagógicos) que hoy tratan de contemplar la situación de miles de deudores en dólares lo hacen recordar las viejas leyes de arrendamiento, que (según él) sólo defendían a los inquilinos.
Con el mismo criterio, pero mirando el tema desde otra óptica, tenemos derecho a pensar que la ley 17569 al establecer que el delito de usura se configura cuando la tasa de interés "supera en un 75% las tasas medias del trimestre anterior a la fecha de constituir la obligación, del mercado de operaciones corrientes de préstamos bancarios otorgados a las familias; y en caso de haber intereses moratorios, superaren en un porcentaje mayor al 100% las referidas tasas medias".
Está bien, las leyes de arrendamientos defendieron sólo a los inquilinos, pero no hay dudas que la ley de usura defiende sólo a los acreedores, entonces deberíamos pensar que también es una ley demagógica.
En un país donde las tasas de interés en el sector bancario son muy altas, pensar que recién las tasas de interés constituyen usura cuando superan en un 75% al interés medio cobrado por el sistema bancario en el trimestre anterior es un disparate. El Parlamente festejó la aprobación de esta ley por unanimidad, pero de ahí a que ella sea buena para los deudores hay un abismo.
Basta con que el interés cobrado esté un punto por debajo de ese límite para admitir que no hay usura, pero de justo no tiene nada. Quien presta dinero tiene que ganar, pero en el mejor de los casos, y sin pensar que cometan el delito de usura, cuando la gente dice "usureros" no lo dice pensando en el delito, sino en un interés que es casi impagable, y lo que es peor, permitido por la ley.
Entonces convengamos en que los inquilinos tiene una ley muy favorable para su intereses, pero también la tienen los acreedores, o los prestamistas, o como quieran llamarles, y es la ley que establece el delito de usura, que más que establecer un delito legaliza una práctica que le ha acarreado grandes ganancias a algunos, en desmedro de muchos.


Esc. Fernando Vélez Molina
(e mail: escvelez@internet.com.uy)

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