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Responsabilidades compartidas
por Dr. Marcelo Gioscia Civitate
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El reciente fallo de una Jueza de Paysandú por el que marcharon a prisión los padres de un menor de 17 años, (que tiene varias anotaciones por hurtos y rapiñas, incluso con uso de armas de fuego y adicto a las drogas) por “omisión a los deberes inherentes a la patria potestad” ha motivado una polémica sobre el alcance de las responsabilidades y si el tratamiento de éstas, debe ser abordado en la vía penal o en el ámbito del derecho de familia.
Se ha llegado incluso a entender que al tratarse de “familias desprotegidas”, los padres del menor no estarían en condiciones de responder penalmente. Y ello porque los mismos, no han contado con el “amparo necesario” para cumplir el rol de tales y que en esas condiciones, la prisión dispuesta no significaría una solución para “reeducar” a los padres, ni menos aún para restablecer o poder llegar a “reestructurar” el vínculo con su hijo infractor- adolescente.
¿Cuál es la decisión correcta? ¿Cuál debiera ser el camino para evitar que las consideraciones sociológicas nos lleven a la impotencia frente al caso concreto sometido a consideración de la Justicia? ¿Puede dejar de aplicarse el Derecho en base a esas justificaciones?
Surgen entonces tantas opiniones, que el común de la gente y en especial los afectados por los delitos cometidos por estos inadaptados (a los que en razón de su edad cronológica no alcanza la norma penal) que se llega a dudar de la Justicia, del Derecho y hasta de las propias Instituciones. Mientras tanto, el deterioro social se percibe como una realidad harto preocupante y campea la violencia con la más que palpable sensación de inseguridad pública.
Y entonces, cuando todo se desborda, es que nos encontramos con una Ministra del Interior que recuerda a sus conciudadanos, (por hechos de extrema gravedad ocurridos en la sede de UTU de Artigas) aquello de los “límites” que debieran poner los padres a sus hijos y que la aplicación de los límites es en suma, la garantía de la Libertad.
Cabe preguntarse si uno de esos límites no era el deber de presentar el documento de identidad ante el requerimiento policial, norma que este gobierno “progresista” (con el Ministro Díaz a la cabeza) supo dejar sin efecto. ¿No se ha pensado acaso que en estos tiempos, hemos escuchado hablar más de “derechos” que de “obligaciones”? Cuando sabido es que cada derecho debe ir “necesariamente” de la mano de una obligación. Esto parece haberse olvidado.
¿Qué nos ha pasado entonces? ¿Cuál ha sido la motivación de tal conducta?
Al parecer en el caso que nos ocupa, sorprende la aplicación del derecho vigente, cuando no debiera ser noticia ni objeto de polémica un fallo que lo aplica. Si a esto le sumamos la caótica situación de los organismos encargados de recluir a menores infractores, y las “presiones” que reciben los magistrados por parte de jerarcas del gobierno, para que no remitan tantos menores con medidas privativas de libertad, nos encontramos ante un colapso de todo el sistema. Un verdadero círculo vicioso. Del que podremos salir, si comenzamos a llamar las cosas por su nombre y donde cada quien asuma las responsabilidades que le correspondan para poder recuperar los valores democráticos y republicanos que otrora distinguieron a nuestro país.
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