Información sobre el Proyecto del Poder Ejecutivo de la creación de un nuevo Ente Público que controle a las empresas, con potestad para sancionarlas y hacer públicas estas sanciones
(LEY DE CREACION DEL I.N.C.A.)
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El proyecto justifica su creación en la necesidad de atraer inversiones a través del mercado de capitales. Consideran que esto no ocurre por la poca transparencia en la información que brindan las empresas uruguayas, en otras palabras que los balances no reflejan elementos suficientes y confiables para que un inversor decida invertir en una empresa.
La ley crea entonces un nuevo servicio descentralizado (como por ejemplo OSE, Colonización, etc.) que se llamará Instituto de Normas Contables Adecuadas (INCA). Un ente público cuyos directores serán designados políticamente, o sea nombrados por el Poder Ejecutivo con el voto de los legisladores como cualquier director de U.T.E., A.N.TEL. u O.S.E. etc. Este Ente Público tendrá obviamente presupuesto, gastos, viáticos incluso y (muy probablemente internacionales), etc., el dinero para financiar este Ente surgirá de impuestos o de tasas que se cobrarán a las empresas.
No existen garantías de que quienes estén dirigiendo este organismo sean técnicos, sino nombrados por cuota política. Si se hubiera mantenido el objetivo inicial, que este proyectado organismo denominado I.N.C.A controle únicamente a las empresas que reciben inversiones extranjeras o del ahorro público, tendría cierto sentido.
El proyecto de ley sin embargo, incluye a todas la empresas, que de esta manera estarán obligadas a llevar una contabilidad compleja que deberá obligatoriamente presentar ante este proyectado organismo. Si bien establece una posibilidad de determinar normas especiales para las pequeñas empresas, éstas serán también controladas por este ente. A pesar de lo difícil que resulta que un inversor extranjero venga a invertir en una pequeña y mediana empresa. O sea todas las empresas además de estar controladas por DGI y BPS, ahora además estarán controladas por este nuevo organismo que solicitará toda la información de cómo maneja su negocio, perdiendo las empresas su autonomía y la privacidad de la información de sus negocios.
Por otra parte también hace responsables a las empresas y a sus directores o representantes del cumplimiento de las normas contables y en este sentido se establece la potestad de sancionar que tendrá el INCA, sanciones que pueden llegar a multas y serán dadas a conocer públicamente.
El INCA de acuerdo al Art. 5º inciso f) del proyecto podrá delegar el contralor del cumplimiento de las normas dictadas en firmas de auditoria, y no queda claro quien pagará por esas tareas. En síntesis, más allá de un nuevo gasto del Estado que se abonará con nuestros impuestos y/o tasas a abonar directamente a los comercios, las empresas estarán todas sometidas a nuevos controles y además las tareas de los profesionales estarán sujetos a controles adicionales a los actuales, lo cual podrá implicar, por la responsabilidad que se agrega, mayores honorarios profesionales, y además lo que implica difundir públicamente datos que podrían ser reservados o estratégicos de las empresas.
Estos son muy resumidamente los problemas que el proyecto de creación del INCA podría llegar a traer a las empresas uruguayas, aún aquellas que no recurren siquiera al crédito bancario para su actuación.
Mayores controles, más burocracia, mayores gastos, información abierta sobre su forma de manejar los negocios a todos quienes la quieran consultar.
Cra. Helena Arce,
Cra. Anabella Bossi,
Cr. Horacio Oreiro,
Cr. Jorge Bergalli
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