Año II - Nº 78 - Uruguay, 14 de mayo del 2004
 
Intolerancia, fascismo y totalitarismo
Visiones y preguntas. Cavilaciones poco profundas
"Papagayo Azul" emprendió vuelo por los niños
¿Las libertades individuales, se respetan?
El Departamento está con miedo
Una historia increíble, ¿persecución o equivocación?
El cine uruguayo

¿Destino, búsqueda o construcción de la utopía?

Chairando Ideas
Sucedió en España
Preparándonos para las lluvias...
El circo "López Hermanos"
Cuando ser uruguayo da vergüenza
Así somos
Hurgando en la web
Anécdotas Bancarias: El derecho de piso
Nutrición, obesidad y sobrepeso
Irak, de la doctrina Rumsfeld a la derrota final
"El Cuba", el último matrero
Los acuerdos comerciales
Información Ciudadana
La Cocina Uruguaya
Rincón de Sentimientos
El Interior también existe
Olvidémonos de las Pálidas
Las Locuras de El Marinero
Correo de Lectores

 
UNA HISTORIA INCREIBLE
Persecución o equivocación
Por Roberto Bogorja

Una resolución administrativa que quiso servir de amonestación, un cúmulo de errores administrativos, el desconocimiento y con ello la flagrante violación a las leyes y los derechos constitucionales, un exagerado amparo corporativo entre algunos funcionarios, intereses ocultos, o una persecución implacable. ¿Cuál es la causa? El hecho es que una familia lucha desde hace diez años a favor de sus derechos y hoy el Estado Uruguayo, se ve arrinconado ante la eventualidad de enfrentar un juicio en la Corte Internacional de Justicia, por violación de esos derechos.
La Ley 15.272 del 4 de mayo de 1982 estableció la obligatoriedad de vacunación y con ello la creación del Certificado Esquema de Vacunación. Dicha norma estableció la exigencia de ser presentado para innumerables trámites, desde la Cédula de Identidad, pasando por el Carnet de Salud e incluyéndolo como requisito para el ingreso a la Enseñanza Pública. Simultáneamente previó la exoneración por causas médicas, las cuales deben ser justificadas por un profesional mediante certificado. Una de las causas es la hipersensibilidad a las mismas o reactividad alérgica. La misma indica que dicho certificado debe ser canjeado en los puestos de vacunación, no siendo necesario examen u otro tipo de constatación. Muchas veces en la práctica ese certificado médico actúa como sustituto del Certificado Esquema de Vacunación, ante urgencias o imposibilidad de canjearlo por diversas causas.
Tal es el caso de tres chicos que 1994 venían realizando su ciclo de primaria, con la presentación del certificado médico ante Teresa, la directora de la escuela a la cual concurrían. Su causa es una patología familiar por hipersensibilidad alérgica a las proteínas animales, si bien sus padres se han vacunado habitualmente, los chicos al hacerlo generaron agudos casos reactivos.
Maite, estaba terminando primaria, Nahuel realizaba cuarto año y Ayelén tercero.
Los chicos de esa escuela en Tarariras participaron en el año 1993 con la ayuda de sus padres de la Feria de Ciencias denominada Eco Aplicada '93, en ella se trabaja a favor del desarrollo de las huertas orgánicas y se presenta un estudio acerca de los problemas que acarrean el uso de determinados agroquímicos, y como ejemplo se indican datos de problemas genéticos y tumorales que se producen en la población cercana al INIA (Instituto Nacional de Investigación Agrícola) por incidencia de dichos compuestos. Su trabajo es premiado en el certamen. Pero como resultado surgen presiones primero para retirar dicho informe, luego hacia la directora con la amenaza de ser removida del cargo. Finalmente ello ocurre y comienzan las presiones sobre los chicos.
.El 6 de julio de 1994, según acta nº. 43, el Consejo Directivo Central de ANEP emite una resolución indicando que Nahuel y Ayelén deben ser vacunados para poder asistir a clases. En noviembre de ese año. la nueva directora Elena Castro, intima a los tres chicos a ser vacunados bajo severos términos y la amenaza de expulsión.
Dicho fallo es apelado y comienzan acciones judiciales. Finalmente el Juez Alejandro Guido, amparado en el dictamen del Dr. Cancela, Director del Centro de Salud, y quien ni siquiera ha examinado a los chicos, intima a vacunarlos en un plazo de cinco días.
Juan Carlos Borgogno, padre de los chicos, apela ante la Suprema Corte y esta es rechazada por presentación fuera de tiempo y forma.
La familia entera pasa a residir por unos cuantos años en la República Argentina, virtualmente exiliados ante la imposibilidad de continuar los estudios.
Se solicita un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el cual el 22 de marzo de este año los intima a presentarse en el Hospital Pereira Rossell, a los padres y sus hijos Ayelén, Maite, Nahuel y Nohelí, para practicarse tests inmunológicos.
Los interesados concurren el pasado 21 de abril en compañía de la Escribana Norma Martínez, quien certifica en primer término que allí no se realizan tests inmunológicos, la imposibilidad de canjear los certificado médicos que acreditan la patología, pues hay una orden superior que expresamente lo impide para este caso.
Hoy la decisión está en manos de las actuales autoridades del Ministerio de Salud Pública, por un lado, y de los miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, por otro.
La solución es simple, cumplir con la ley y canjear los certificados.